Calidad, Medio Ambiente

¿Caducan los certificados de ISO 9001 Y 14001?

¿Sabías que los certificados de calidad y medio ambiente caducan? Tienen una validez anual y después debes renovarlos, lo que en realidad es lógico, porque que lo hagas bien ahora no significa que lo vayas a hacer bien en el futuro.

Muchas empresas consideran erróneamente que superando la auditoria inicial de ISO 9001:2015 o ISO 14001:2015 ya están certificados para siempre y pueden tener expuesto en su puerta y en su documentación los sellos de calidad y medio ambiente pensando que nunca van a tener que  hacer nada más. Evidentemente, están equivocados.

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Cuando un auditor externo lleva a cabo una auditoria de certificación lo que emite es un certificado de que en ese momento, según la evaluación de carácter muestral realizada, la empresa cumple lo establecido en la norma de referencia y tiene una validez de un año (ya sea ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, Q de Calidad…).

¿Qué quiere decir eso? Pues que anualmente deberemos pasar una auditoria de certificación para evidenciarle a la empresa certificadora que seguimos cumpliendo lo establecido en la norma.

Las auditorias de certificación se suelen dividir en ciclos de tres años: el primero una auditoria inicial, que suele ser de más larga duración y se analizan todos los puntos de la norma y los dos años siguientes auditoria de seguimiento, suelen ser más breves y no tienen por qué analizarse todos los puntos de la norma (por ejemplo, en Q de calidad, sólo se analizan los puntos de criticidad alta).

Una vez superado el primer ciclo se lleva a cabo, el cuarto año, una auditoria de recertificación, que otra vez, será de mayor duración y se auditan todos los puntos de la norma. Quinto y sexto año tocaría seguimiento, séptimo recertificación… y así hasta el infinito.

¿Qué ocurre si sólo hacemos la auditoria de certificación y seguimos usando el sello en la puerta o documentos internos? Estaríamos engañando al cliente y por otro  (y más preocupante) estaríamos violando la política de uso de la marca de la empresa certificadora.

Si tienes en tu puerta un sello de una empresa certificadora (APPLUS, BUREAU VERITAS, TUV RHEINLAND, AENOR, EQA…) o envías documentos o e-mail con el mismo y ya no estás certificado, estás diciendo que un auditor ha venido a auditarte y garantiza que cumples lo establecido en la norma de referencia ¡Y no es verdad! Estás afirmando que la empresa de certificación te avala cuando no es cierto. La empresa certificadora en estos casos está en su derecho de denunciar y exigir una cuantiosa sanción.

Tened cuidado… No exhibáis que tenéis sellos que no tenéis y aseguraros si dejáis una certificación de quitar todo rastro de los sellos.

Espero que éste post os haya resultado de interés, como siempre, quedo a vuestra entera disposición para cualquier duda o pregunta que me queráis hacer,

Un cordial saludo,

 Ismael Lozano Latorre

616 39 34 78

Consultor de Calidad y Medio Ambiente

Auditor de Certificación de Calidad y Medio Ambiente

Lanzarote (Canarias)

 

Calidad

¿Cuál es el mejor sistema de gestión de calidad para hoteles? ¿ISO 9001:2015, Q de calidad o SICTED?

¿Quieres implantar un sistema de gestión de calidad en tu hotel pero no sabes cual elegir? ¿Sabes que opciones disponibles hay? En el siguiente post voy a haceros un pequeño resumen para que sepáis las diferencias existentes entre ISO 9001:15, Q de calidad y SICTED para que os sirva de ayuda.

Principales características:

ISO 9001:2015:

PUNTO FUERTE: Es la más reconocida a nivel internacional (las otras dos son normas españolas)

PUNTO DÉBIL: Es aplicable a cualquier empresa sea del sector que sea, no es específica del sector turístico ni de hoteles, puede implantarse a una empresa de tornillos, a un restaurante o una funeraria, lo que implica que el estándar de calidad es muy general y si implantas Q de calidad el incremento de la calidad del servicio y de la satisfacción del cliente debería ser mayor, por poner un ejemplo, la ISO 9001:2015 no se mete con la variedad de platos y productos del buffet de tu restaurante, solo te indica que cumplas los requisitos que tienes fijados los clientes, en nuestro caso, lo acordado con los touroperadores que generalmente no llega a ese grado de concreción.

Q DE CALIDAD:

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PUNTO FUERTE: Desde mi punto de vista la más útil para implantar en un hotel, es un estándar diseñado exclusivamente para hoteles y el incremento del nivel de calidad en el servicio si cumples las directivas son directamente percibidas por el cliente con el consecuente incremento de su satisfacción.

La Q de calidad es más estricta, nos da una serie de requisitos más específicos que debemos cumplir, por ejemplo nos marca las veces que hay que cambiar las sábanas, el número de horas que debe estar abierto el restaurante y la recepción, el tiempo medio de respuesta a una reserva… Más restrictiva pero también más útil.

PUNTO DÉBIL:

Si no cumples lo estipulado en el estándar y tienes que adaptarte partiendo de cero, las mejoras en los servicios que vas a tener que llevar a cabo serán más costosos que si implantas una ISO 9001:2015, pero esto repercutirá positivamente en la satisfacción del cliente.

SICTED:

SICTED

PUNTO POSITIVO: Es un distintivo de Compromiso de Calidad Turística que se otorga a las empresas y/o destinos que cumplen los requisitos fijados para la obtención del mismo.

Es nacional y al igual que la Q de calidad aplicable solamente a empresas turísticas.

PUNTO DÉBIL: Desde mi punto de vista, el SICTED es un distintivo muy válido y apropiado para todos aquellos complejos hoteleros que empiecen a trabajar con sistemas de gestión de calidad partiendo de cero pero se queda un poco corta. Es un primer paso a dar para implantar la calidad en tu empresa.

Si me permitís el atrevimiento, para que lo entendáis todos, aunque no sea del todo correcto, es “la hermana pequeña” de la  Q de calidad.

Espero que esta información os haya sido de utilidad, espero vuestras preguntas y consultas que atenderé encantado.

Si estáis interesados en implantar alguno de estos sistemas de gestión de calidad no dudes en contactar con nosotros 😉

Implantación y mantenimiento de sistemas de gestión (ISO 9001, ISO 14001, Q de calidad, EMAS, Travelife, SICTED…), formación y asesoramiento continuo.

Solicita presupuesto sin compromiso:

Teléfono: 616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Calidad, Higiene Alimentaria

Multa a hoteles y restaurantes de hasta 600.000 € por incumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011 (Entrada en vigor)

¿Sabías que el incumplimiento del Reglamento Europeo 1169/2011 a partir del 14 de Diciembre de 2014 puede suponer sanciones de hasta 600.000 € para tu establecimiento? ¿Sabes como aplica a tu hotel y/o restaurante? En el siguiente Post os ofrezco un pequeño resumen aclaratorio que espero que os sirva de ayuda.

http://www.flickr.com/photos/reid-bee/4681253498

El Reglamento Europeo 1169/2011 del 25 de Octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor especifica que a partir del 14 de Diciembre todas las colectividades están obligadas a ofrecer información nutricional de las comidas y bebidas que comercialicen para aumentar la seguridad con aquellas sustancias o productos que causen alergias o intolerancias y se utilicen en la elaboración de un alimento.

¿Quiénes son las colectividades? Cualquier establecimiento como restaurantes, comedores, empresas de suministro de comida preparadas, hoteles… Incluyendo, expresamente, los vehículos o puestos fijos o móviles.

¿Qué quiere decir esto? Pues que al igual que al comprar un producto alimenticio podemos leer en su etiqueta la información de lo que contiene para averiguar si lleva o ha estado en contacto con  alguna sustancia a la que somos alérgicos, a partir del 14 de Diciembre, también deberemos tener acceso a esa información en hoteles, restaurantes, bares de tapas, el puesto que prepara hamburguesas en una feria, etc.

¿Qué información deben aportar dichos establecimientos? Pues se debe especificar, expresamente, si contiene o ha estado en contacto con alguno de los alimentos que aparecen en el ANEXO II del Reglamento Europeo que detallo al final de este post.

http://www.flickr.com/photos/jjay69/4842014405/

El Reglamento Europeo especifica, que el incumplimiento de esta Ley será responsabilidad siempre de quien vende el alimento al consumidor final, aunque no haya intervenido en ningún momento en su elaboración, por poner un ejemplo, si la comida que servimos en un banquete no la ha suministrado una empresa de catering, nosotros deberíamos aportar esa información al consumidor porque sino sería responsabilidad nuestra, no del catering.

¿Cómo podemos informar a nuestros clientes de la presencia de esas sustancias alergénicas? Por un lado nuestro personal debería de estar informado de la composición de los platos, si un cliente le pregunta a un camarero debería saber si la salsa que acompaña la carne contiene algún producto del ANEXO II. No obstante, mi recomendación, más que informen los camareros es que además, esté por escrito, siempre, ante una posible reclamación es más fácil demostrar nuestra “inocencia”.

En un restaurante a la carta es fácil, lo más útil sería detallarlo directamente en la carta (en los idiomas más usuales de los clientes) ¿Pero qué ocurre con un buffet? Pues debería estar detallada (consejo personal) en los carteles indicativos de los platos.

¿Qué implica todo esto? Pues que los platos que servimos en el buffet deben estar estandarizados y no modificar los ingredientes de manera arbitraria, sobre todo, con sustancias del ANEXO II (deberíamos, en dicho caso, cambiar los carteles y avisar al personal diariamente). Esto que parece tan simple, es demasiado común en algunos establecimientos en función del cocinero que elabore el plato.

Mi consejo desde estas líneas, es actuar, por ejemplo, como nos indica la Q de calidad, tener una rueda de menú definida, sobre todo en los buffet, con las recetas elaboradas y que todo el mundo se ciña al diseño del plato y poner carteles indicadores donde se detallen los productos alergénicos encima de cada placa.

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Aprovecho la ocasión para recordar, que desde el 1 de Marzo ya entró en vigor también la normativa de las aceiteras rellenables, para los que queráis más información sobre ello podéis leer el siguiente post:

http://sinergiainsular.com/2014/01/07/multa-por-tener-aceiteras-rellenables-en-tu-hotel-o-restaurante/

SUSTANCIAS O PRODUCTOS INCLUIDAS EN EL ANEXO II

1. Cereales que contengan gluten, a saber: trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas y productos derivados.

http://www.flickr.com/photos/lablasco/50834409882. Crustáceos y productos a base de crustáceos.

3. Huevos y productos a base de huevo.

4. Pescado y productos a base de pescado

5. Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.

6. Soja y productos a base de soja.

7. Leche y sus derivados (incluida la lactosa).

8. Frutos de cáscara, es decir: almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, alfóncigos, nueces macadamia o nueces de Australia y productos derivados.

9. Apio y productos derivados.

10. Mostaza y productos derivados.

11. Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.

12. Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/litro en términos de SO 2 total, para los productos listos para el consumo o reconstituidos conforme a las instrucciones del fabricante.

13. Altramuces y productos a base de altramuces.

14. Moluscos y productos a base de moluscos.

Calidad

El Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, premiados por el ICTE (Instituto para la Calidad Turística Española).

El Instituto de la Calidad Turística Española premia este año al Cabildo de Gran Canaria y al Ayuntamiento de las Palmas con uno de sus galardones para reconocer el apoyo, que las Islas Canarias y en especial la isla de Gran Canaria, les ofreció en el II Congreso Internacional de Calidad Turística.

Dicho congreso se celebró del 9 al 11 de Octubre de 2013 en Las Palmas de Gran Canaria y para todos aquellos que no tuvieron el placer de acudir adjunto el video resumen del mismo que ha colgado el ICTE en su canal de Youtube:

La entrega de estos premios se llevará a cabo el 23 de Enero a las 12:00 en el Auditorio Sur de IFEMA, coincidiendo con FITUR (Feria Internacional del Turimo). Después de la misma se llevará a cabo la “Entrega Anual de Certificaciones” las empresas turísticas que han renovado o logrado el certificado Q de Calidad en 2013.

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Desde estas líneas, recordar la importancia de apostar por la Calidad en el sector turístico como ya comenté en un anterior Post en Sinergia Insular, donde analizábamos la implantación de la Q de calidad en Canarias:

http://sinergiainsular.com/2013/03/11/la-q-de-calidad-en-canarias/

Y le damos la enhorabuena al Ayuntamiento de Las Palmas y Cabildo de Gran Canaria por el premio obtenido y a las empresas que han logrado este año el certificado de la Q de calidad, en especial, al nuevo hotel en Lanzarote, Hotel Lanzarote Village, que desde principios del 2013 luce la Q de calidad en su puerta.

Ismael Lozano Latorre

Calidad

¿Ocio nocturno de calidad? UNE 188005:2009

No hago ningún gran descubrimiento si comento que el Ocio Nocturno es una de las variables que muchos turistas analizan a la hora de elegir el destino para pasar sus vacaciones, la oferta de bares, pubs, salas de fiesta, discotecas, locales de conciertos… Es analizada por los turistas para descubrir que le ofrece “la noche”. Y yo os pregunto ahora ¿Qué pensáis de la oferta de Ocio Nocturno? ¿Creéis que cumple los mismos estándares de calidad que el resto de servicios turísticos que ofrecemos en Canarias? ¿Se preocupan igual los dueños de los pubs y discotecas por dar un servicio de calidad que los hoteles y apartamentos, por ejemplo? ¿Es que acaso el Ocio Nocturno no influye en la experiencia global del turista?.

En este Post voy a hablaros de la UNE 188005:2009 Requisitos de los establecimientos de Ocio para la prestación del servicio, esta norma, perteneciente a la familia de la Q de calidad y gestionada por el ICTE establece los requisitos que deben cumplir los establecimientos de ocio nocturno para dar un servicio de calidad.

La UNE 188005:2009 es voluntaria y de aplicación a discotecas, salas de fiesta, cafés teatro, restaurantes espectáculo, bares de copas, lounges, locales de conciertos, terrazas de verano e instalaciones eventuales y otros tipo de establecimientos que realicen actividades similares recogidas en la legislación vigente.

La UNE 188005:2009 marca directrices de seguridad, accesibilidad atención al cliente, gestión de recursos… para asegurar que la experiencia del cliente este enmarcada por el estándar de calidad que nos tiene acostumbrados la Q turística.

La norma fija estándares para la prestación del servicio (aplicables sólo a los establecimientos que den cada uno de estos servicios) diferenciándolos dentro de su punto 4 en los siguientes subepígrafes:

  • Dirección de sala.
  • Dirección artística y relaciones públicas.
  • Ambientación musical y visual.
  • Programación de espectáculos y de animación de la sala.
  • Atención al cliente.
  • Servicio de barra y expedición de consumiciones.
  • Servicio de admisión y control de sala.
  • Personal de seguridad.
  • Servicio de guardarropa.
  • Aparcamiento o servicio de aparcacoches.
  • Limpieza.
  • Mantenimiento.

Con la implantación de la UNE 188005:2009 consigue obtener un distintivo (la Q de calidad) que nos ofrece una garantía (ha tenido que ser auditada para conseguirla) de que ofrece un servicio de calidad y lo que es más importante, seguridad, que es una de las variables que más nos pueden llegar a preocupar en locales como esos.

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¿Qué opinas sobre esta norma? ¿Crees que sería beneficioso para el sector turístico que la norma estuviese más extendida? ¿No consideras que en algunos casos debería hasta ser obligatoria para evitar lamentables acontecimientos que hemos tenido que presenciar por televisión en los últimos años? ¿No crees que se deberían llevar controles más estrictos sobre la seguridad en discotecas y sobre la calidad de las bebidas que nos ofrecen?.

Esperamos vuestras opiniones y quedo a vuestra entera disposición si os animáis a implantar este distintivo.

Calidad

¿Qué sistema de gestión de calidad se adapta mejor a su establecimiento?

¿Estás interesado en implantar un sistema de gestión de calidad en tu establecimiento pero no sabes cual se adapta más a tus necesidades? ¿Quieres saber cual es más estricto y cual repercute con mayor influencia en la satisfacción de tus clientes?

En caso afirmativo te recomiendo que leas el siguiente Post que he escrito en Sinergia Insular donde hablo de las diferencias entre ISO 9001:2008, Q de calidad y SICTED en el sector turístico:

 http://sinergiainsular.com/2013/11/18/iso-90012008-q-de-calidad-o-sicted/

Os recuerdo que quedo a vuestra entera disposición para cualquier duda y/o consulta, pida presupuesto sin compromiso si está interesado en alguno de nuestros servicios (implantación sistemas de gestión de calidad, medio ambiente, cliente misterioso, auditorias internas…) y benefíciese de las ventajas de contratar a un consultor autónomo especializado en el sector turístico (pida referencias sin compromisos y estaremos encantados de ofrecérselas). Nuestros precios son reducidos y nos diferenciamos por un servicio personalizado, adaptado al cliente.

Calidad

¿Qué es el SICTED?

 SICTED

El SICTED, en resumidas palabras, es un distintivo de Compromiso de Calidad Turística que se otorga a las empresas y/o destinos que cumplen los requisitos fijados para la obtención del mismo.

 El SICTED es un proyecto para mejorar la calidad de los destinos turísticos que cuenta con el apoyo de TURESPAÑA (Instituto de Turismo de España) y FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias).

 ¿Quién puede adherirse al SICTED?

 Todas las empresas turísticas que realicen su actividad dentro del ámbito geográfico del destino SICTED, por ejemplo, agencias de viajes, hoteles, servicios de limpieza, taxis, bodegas, bares y cafeterías, artesanos, museos, comercios… La gama de empresas que pueden obtener este certificado es amplio dando cabida a todo lo que esté relacionado con el turismo en mayor o menor medido.

 ¿Cómo se obtiene el certificado?

 Lo primero que debe hacer una empresa interesada en certificarse es adherirse al SICTED, que se hace cumplimentando un formulario en www.calidadendestino.es

 Después debe evidenciar que cumple los requisitos establecidos y que tiene un compromiso con la calidad en una auditoria que se llevará a cabo anualmente (el certificado tiene una validez bianual condicionada a la superación de las auditorías anuales).

 Según establece el SICTED las únicas empresas que no necesitan pasar dicha auditoria son aquellos establecimientos que cuenten con el certificado Q de calidad turística.

 ¿Mi opinión personal?

 El SICTED es un distintivo muy válido y apropiado para todas aquellas empresas turísticas que empiecen a trabajar con sistemas de gestión de calidad partiendo de cero, un primer paso a dar para implantar la calidad en tu empresa.

 No obstante, la Q de calidad e ISO 9001:2008 son normas más exigentes, sería el segundo paso a dar en post de la mejora continua pero sin olvidar el primero que dimos.

 Desde estas líneas, animar a todos aquellos que no tengan ningún certificado de calidad a implantar el SICTED y una vez lo tengan decidir implantar algún otro sistema de gestión de calidad en el futuro.

 Y para finalizar este post me gustaría mencionar la empresas de Lanzarote que  han sido DISTINGUIDAS por el SICTED en la actualidad (aclaración, no se trata de las que lo tienen implantado, sino de las que destacan entre todas las certificadas en la isla):

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EMPRESAS DISTINGUIDAS EN LANZAROTE:

ABORA SERVICE http://visitasguiadasenlanzarote.es/

 APARTAMENTOS FARIONES http://www.farioneshotels.com/

 APARTHOTEL FARIONES PLAYA http://www.farioneshotels.com/

 CENTRO DEPORTIVO FARIONES http://www.farioneshotels.com/

 HOTEL LAS COSTAS www.hotellascostas.com

 HOTEL FARIONES http://www.farioneshotels.com/

  LANZAROTE GOLF http://www.lanzarotegolfresort.com/

Calidad

Indicadores de calidad para medir la productividad en los restaurantes

 

Hoy comparto con vosotros el último Post que he publicado en Sinergia Insular relativo a indicadores de calidad.

¿Tienes dudas sobre cómo medir la productividad en tu restaurante?

¿No sabes como medir el proceso de restauración en tu sistema de gestión de calidad?

Lee el siguiente Post y aclara tus dudas.

http://sinergiainsular.com/2013/05/13/643/

Calidad, Medio Ambiente

Las canteras, una playa con Q de calidad.

La Q de calidad para hoteles y apartamentos turísticos es de sobra conocida por todos nosotros, no obstante, es importante matizar que dicho certificado es aplicable a otros ámbitos dentro del sector turístico para lo que el ICTE (Instituto de Calidad Turística Española) tiene sus normas específicas.

Por poneros un ejemplo hoy comparto con vosotros un vídeo en el que nos hablan de la Q de calidad para Playas con un ejemplo muy cercano a nosotros, la playa de Las Canteras de Gran Canaria.

Si queréis leer más sobre la situación actual de la Q de calidad en canarias os recomiendo el Post que publiqué hace unos meses en Sinergia Insular.

http://sinergiainsular.com/2013/03/11/la-q-de-calidad-en-canarias/

Un cordial saludo a todos,

Ismael Lozano