El 1 de marzo se termina el plazo de presentación de la Memoria Anual de Residuos que están obligados a presentar todos los productores de residuos.
En cumplimiento de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los productores de residuos están obligados a presentar, antes del 1 de marzo una memoria anual de residuos, según el anexo XV de dicha ley, informando de los residuos producidos en 2022 y el destino final de los mismos.
Dicha memoria debe ser presentada en la web de la Consejería de Medio Ambiente con certificado digital.Para cumplimentar dicho Anexo debéis seguir las indicaciones de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, obteniendo los datos de los documentos de identificación de los residuos (peligrosos y no peligrosos) que produzcáis, que previamente debéis haber solicitado a vuestros gestores de residuos (que os lo debían haber entregado en cada recogida).
IMPORTANTE:
Todos los que produzcan residuos peligrosos están obligados.
Los que no produzcan residuos peligrosos y generen menos de 10 toneladas al año de residuos no peligrosos no necesitan cumplimentarlo.
¿Le ha pedido un tour operador a su establecimiento turístico que tenga el certificado TRAVELIFE implantado? ¿Sabes lo qué es? ¿Cómo conseguirlo? Como consultor especializado en TRAVELIFE, con más de 30 hoteles implantados con éxito en Canarias, os voy a dejar una pequeña guía con consejos para que el trámite os sea más fácil, empezando hoy con uno de los temas más importantes, la gestión de productos químicos en TRAVELIFE.
TRAVELIFE es una herramienta de sostenibilidad para hoteles y apartamentos que les ayuda a gestionar sus impactos ambientales (efecto que tiene su actividad en el medio ambiente).
Uno de los aspectos ambientales que más impactos generan y que por tanto, son motivo de preocupación por parte de la norma, son los productos químicos de nuestro establecimiento.
¿Qué productos químicos poseemos en el hotel que preocupan a TRAVELIFE?
Se consideran productos químicos peligrosos lo que poseen pictogramas de peligrosidad.
Los principales productos que poseen estos pictogramas en los complejos hoteleros son estos (aunque habría que hacer un estudio detallado en cada establecimiento para que no se nos escape ninguno):
Productos de limpieza de pisos.
Productos de mantenimiento de las piscinas.
Productos fitosanitarios de jardinería.
Algunos productos de mantenimiento, por ejemplo, disolventes.
Productos limpieza cocina, como por ejemplo desengrasantes o productos del tren de lavado.
¿Qué requisitos afectan a los productos químicos de nuestro establecimiento?
El principal CONSEJO antes de empezar con la correcta gestión de productos químicos según TRAVELIFE es que hagáis un listado de todos los que tenéis y estudiéis los que son realmente necesarios para reducirlos al máximo, tanto en cantidad como en gama, esto nos facilitará mucho las cosas.
Llevar a cabo un control numérico de la cantidad de productos químicos que tenemos en el hotel, de cada uno de ellos deberemos computar, quién es su proveedor, el uso, lugar de almacenamiento, formato en que se almacena, número total de kilos o litros que tenemos en el hotel, como nos deshacemos del residuo, pictogramas de peligrosidad que contiene, impacto ambiental y medidas de control asociadas al mismo. Con esto tendremos una Hoja de Ruta (que es obligatoria para TRAVELIFE) para ir minimizando el impacto de dichos productos en el hotel. Además, nos servirá para hacernos una imagen clara de la cantidad total en kilos o litros de productos químicos que hay en el hotel, que siempre termina sorprendiéndonos.
Cada producto químico debe tener una ubicación concreta y después de su uso debe ser devuelto a donde estaba.
Los productos químicos deben estar siempre dotados de medidas anti derrame, tanto bandeja contenedora como sepiolita o absorbente.
En todas las zonas de almacenamiento de productos químicos debe haber cartelería indicando como actuar en caso de derrame y registro para anotar los posibles incidentes ambientales.
Sus envases deben gestionarse como RESIDUOS PELIGROSOS, debemos estar dados de alta como pequeño o gran productor (según te aplique) tener un gestor autorizado de residuos peligrosos con autorización para gestionar este tipo de residuos y elaborar la memoria anual.
¡Ojo! MUY IMPORTANTE, los envases plásticos y metálicos contaminados, deben SIEMPRE gestionarse con el tapón puesto. Si de cada uno de ellos caen tres o cuatro gotas podemos hacer un líquido acuoso bastante peligroso al fondo del bidón.
Estas son las premisas principales, no obstante, deberemos tener en cuenta también que no estén almacenados juntos productos incompatibles, que el PH y Cloro de los dosificadores de piscina estén convenientemente separados, que existan EPIS apropiados en las zonas de almacenamiento de productos químicos….
Espero que este POST te haya servido de ayuda para saber qué debes hacer con los productos químicos en la implantación de TRAVELIFE. No obstante, si necesitas ayuda en el proceso de implantación os recuerdo que estoy a vuestra entera disposición. Ponerse en manos de profesionales especialistas en la materia puede ahorrarte, tiempo, dinero y muchos quebraderos de cabeza. Mándame un email y estudiare tu caso concreto, para llevar a cabo la implantación con mayor garantía de éxito.
¿Necesitas implantar Travelifeen tu complejo hotelero y no sabes por donde empezar?
No lo dudes.
Minimiza el tiempo de implantación y riesgo de fracaso en auditoria contratando a especialistas en la materia. En los dos últimos años hemos certificado con éxito más de 30 complejos hoteleros en Canarias ¿Te gustaría ser el siguiente?
La concienciación ambiental a los huéspedes es un punto auditable para la obtención del certificado TRAVELIFE en los hoteles y en otros certificados de sostenibilidad como Biosphere Hotels, por ejemplo.
La concienciación ambiental del turista es un punto fundamental para la sostenibilidad del destino, pero ¿Hacemos lo suficiente? ¿Qué hace tu empresa turística al respecto con sus clientes?
¿Existen guías específicas definidas en vuestro destino turístico al respecto?
A continuación comparto con vosotros un video de Condé Nast Traveler España que me ha gustado mucho . Espero vuestras respuestas y comentarios.
La UNE 158301 es una norma que define los requisitos mínimos que debe cumplir la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio para garantizar que los usuarios reciban un servicio de calidad ¿Conoces la norma? ¿Qué requisitos tiene? ¿Qué certificado de calidad conviene más a tu empresa? ¿UNE 158301 o ISO 9001? Espero que el siguiente Post aclare tus dudas.
La entrada en vigor de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia supuso una oportunidad para regular la calidad del servicio y la UNE 158301 supone el marco de referencia para poder garantizarlo.
Mi consejo siempre va a ser UNA NORMA ACREDITABLE, pero en este caso, añadiría, que dado que existe una norma específica para el sector, yo certificaría las dos (tienes dos certificados pero sale algo más caro) o incluiría dentro de los requisitos voluntarios de la ISO 9001 los marcados por la UNE 158301 (no tendría certificado específico de dicha norma pero si velaríamos por su cumplimiento).
La implantación de la UNE 158301 es una herramienta fundamental para las empresas que se dedican al servicio de ayuda a domicilio y estén certificadas o no, deberían velar por su cumplimiento.
Espero que os haya sido de interés, espero vuestros comentarios.
La Palmera Canaria o Phoenix Canariensis es un símbolo de nuestras islas al ser una especie endémica, es obligación de todos cuidar de ella para intentar evitar la propagación de las plagas, ya sea por salvar las palmeras y contribuir al mantenimiento de nuestro ecosistema o por evitar sanciones económicas.
¿Sabías que la poda de palmeras está sujeta a legislación? ¿Cumple tu establecimiento los requisitos para llevarla a cabo o estás expuesto a una sanción? En este POST voy a hablaros de la Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugieneur y Diocalandra Frumenti y se establecen medidas sanitarias para su erradicación y control, que aunque es antigua y debería de estar correctamente implantada en todos los establecimientos, es habitual encontrarse el desconocimiento o incumplimiento de parte de ella.
Sólo se permitirá la poda de hojas secas y senescentes sin cortas a ras de estípite, conservando aquellas tábalas que estén fuertemente adheridas y eliminando aquellas que se desprendan fácilmente.
En las palmeras pequeñas se tenderá a amarrar las hojas verdes.
La limpieza de estípites siempre irán acompañadas con la aplicación de un producto fitosanitario (fungicida e insecticida autorizado), prohibiéndose los cepillados de los mismos.
En el caso de que sea necesario, por motivos de seguridad ciudadana, el corte de hojas verdes, la cicatriz se tratará con un aceite mineral de verano y posteriormente se le aplicará una pintura al aceite de color teja o mastic de pod
¿Y quién puede podarnos las palmeras?
Según la Orden sólo podrán llevarlo a cabo las personas o entidades que estén acreditados por parte de la Dirección General de Agricultura para realizar dichos trabajos, es decir, si has contratado una empresa para que poden las palmeras de tu complejo hotelero deberíamos solicitarle dicha acreditación para comprobar que no estamos infringiendo el requisito legal (aconsejable quedarnos con una copia). Igualmente, para cubrirnos las espaldas y evidenciar que estamos haciendo las cosas correctamente deberíamos pedirle a la empresa subcontratada documentación al respecto del destino de los restos de poda, porque según la Orden, los restos de poda deberán transportarse hasta vertedero autorizado.
Espero que os haya sido de interés, espero vuestros comentarios.
El Instituto de Calidad Turística Española (ICTE) ha concedido esta semana a las playas del municipio de Tías el certificado SAFE TOURISM, tras superar la auditoría de certificación, llevada a cabo por la entidad de certificación TÜV REHINLAD el 28 y 29 de agosto, convirtiéndose en el primer municipio de Canarias en tener sus playas certificadas frente al covid-19 con un certificado avalado por el Ministerio de Sanidad.
Como consultor encargado de la creación e implantación de los protocolos higiénico sanitarios de las cuatro playas me gustaría felicitar a todo el personal por su colaboración durante el desarrollo del proyecto porque sin la implicación de todo el equipo (tanto propio como subcontratado) no hubiera sido posible. Agradecer su colaboración y la participación activa en el curso que le impartí el 18 de agosto en el Salón de Actos del Centro Cívico el Fondeadero.
SAFE TOURISM es el único certificado frente al Covid avalado por el Ministerio de Sanidad y con esta acreditación Puerto del Carmen garantiza la correcta implantación de los protocolos higiénico-sanitarios en su litoral para proteger a los usuarios y sus trabajadores.
Acciones como esta benefician a todos los establecimientos (restaurantes, hoteles, comercios…) del municipio y de la isla y me siento muy feliz al haber podido aportar mi granito de arena para contribuir, a acreditar, con un certificado avalado por el Ministerio de Sanidad la imagen de turismo seguro de Puerto del Carmen, velando por la protección de turistas y residentes.
Somos la primera isla en Canarias en tener playas certificadas con SAFE TOURISM, deberíamos estar orgullosos.
El 19/06/20 la Secretaria de Estado de Turismo sacó una nota de prensa presentando el Responsible Tourism, un distintivo GRATUITO, de descarga directa en la web del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para aquello establecimientos que siguen las Guías de medidas para la reducción del contagio por COVID-19 en el sector turístico. ¿Qué es el RESPONSIBLE TOURISM? ¿Cómo se consigue? ¿Qué significa? ¿Y qué diferencias tiene respecto al certificado SAFE TOURISM? Sigue leyendo este POST y trataré de aclararte todas esas dudas.
Como ya he repetido en anteriores artículos, las medidas higiénico-sanitarias para la prevención del COVID-19 definidas por el ICTE (Instituto de Calidad Turístico Español) son las UNICA avaladas por el MINISTERIO DE SANIDAD. Todos los establecimientos turísticos deben IMPLANTARLAS pero… ¿Qué podemos hacer después?
La Secretaría de Estado de Turismo da dos opciones: SAFE TOURISM y RESPONSIBLE TOURISM
SAFE TOURISM
El establecimiento VOLUNTARIAMENTE decide CERTIFICARSE.
Una empresa CERTIFICADORA lleva a cabo una auditoría para evidenciar que realmente CUMPLEN las medidas y emite un CERTIFICADO.
Si una empresa obtiene el SAFE TOURISM significa que un auditor ACREDITADO, que cumple LOS REQUISITOS de AUDITOR marcadas por el ICTE tanto en formación como experiencia, garantiza que el establecimiento cumple las normas y después, el INFORME DE AUDITORIA, ha sido evaluado por un COMITÉ que ha dado por APTA la idoneidad del establecimiento
El SAFE TOURISM tiene un coste económico asociado por el pago a la empresa certificadora que va a evaluarte y el uso de la marca, pero es un certificado avalado por el MINISTERIO DE SANIDAD y una empresa CERTIFICADORA del cumplimiento de las normas.
RESPONSIBLE TOURISM
La empresa decide NO CERTIFICARSE.
En este caso la Secretaría de Estado de Turismo indica que es suficiente con una DECLARACIÓN RESPONSABLE del establecimiento en la que indique que CUMPLE las MEDIDAS PARA LA REDUCCIÓN DEL CONTAGIO POR EL CORONAVIRUS SARS-COV-2.
¿Qué es el RESPONSIBLE TOURISM? Un logo que la Secretaría del Estado de Turismo pone a nuestra disposición, para aquellos establecimientos que deciden esta opción, para colgar en la web o fachada del mismo. ESTE DISTINTIVO solo SIGNIFICA que NOSOTROS MISMOS decimos QUE CUMPLIMOS las NORMAS
El RESPONSIBLE TOURISM es gratuito e INMEDIATO, solo tienes que rellenar tus datos en la dirección que paso a continuación y PINCHAR que cumples las normas:
¡OJO! He aquí el dato… Estás ASEGURANDO que cumples las normas al Ministerio de Industria, Comercia y Turismo y eso SIGNIFICA que DEBES TENER IMPLANTADAS las medidas, sino estaríamos MINTIENDO.
Noticias por tanto del estilo de QUE TAL O CUAL EMPRESA, ha obtenido el certificado RESPONSIBLE TOURISM de la SECRETARIA DE ESTADO DE TURISMO son IMPRECISAS. Lo que ha pasado es que la empresa AFIRMA que CUMPLE y usas el LOGO que la Secretaría de Estado de Turismo pone a su disposición para afirmarlo, PERO NO ES UNA CERTIFICACIÓN.
Resumen:
Responsible Tourism no es un certificado, es un distintivo no acreditado que usamos para decir que cumplimos (pero lo decimos nosotros).
Responsible Toursim es gratis y puede ser una opción desde el punto de vista comercial para los establecimientos que deciden no certificarse.
El único certificado avalado por el Ministerio de Sanidad es el SAFE TOURISM.
Una mala gestión de las medidas higiénico-sanitarias de reducción de riesgos frente al COVID-19 puede ser muy dañina para tu empresa, hoy quiero contaros un hecho real, ocurrido hace unas horas en ARRECIFE, Lanzarote, en una sucursal bancaria de la Calle LEÓN Y CASTILLO cuyo nombre no voy a mencionar porque el interés de este POST es meramente didáctico pero que todos los que la hayáis visitado recientemente reconoceréis al instante.
Hoy he tenido que ir a hacer un trámite que solamente se puede hacer en CAJA, al llegar mi sucursal me la encuentro cerrada y me redirigen a la oficina de la CALLE REAL, tras andar un kilómetro llego y veo dos colas enormes, una para CAJERO AUTOMÁTICO y otra para caja, para ser atendido en MESA se debe pedir CITA PREVIA. Hasta aquí OK.
La característica de esta OFICINA es la siguiente, hay una puerta de entrada que permanece CERRADA, una pequeña sala con varios cajeros automáticos y una puerta para entrar al interior (en la actualidad zona cajero y oficina están delimitadas por paredes de cristal y reja, pero hay una puerta).
Al haber cerrado oficinas esta sucursal se encuentra saturada de clientes y primera queja, no hay persona que gestione las colas ¿Qué ocurre? Dado que el personal de la oficina no sale a la calle (o por lo menos en las horas que he estado yo) para avisar a los de mesa, los que tiene cita en MESA están en la ANTESALA, junto a las personas que van a usar los cajeros y a eso hay que sumarle los que vamos a ir a CAJA, que también hay varios dentro.
En una sala CERRADA hay 15 personas, sin poder mantener las distancias de seguridad, esperando para pasar. NO se ve aforo definido, ni el personal controla dicho aforo (insisto, estas instalaciones están dentro de las oficinas).
Yo, tras una hora y media de cola, accedo a dicha sala, dentro, es imposible mantener la distancia de seguridad (casi nos rozamos unos a otros) y veo un señor de casi ochenta años, con muletas y mascarillas, cada vez que otro cliente tose ahí dentro veo el miedo reflejado en sus ojos. Está ahí porque es la única opción que tiene para realizar sus trámites del BANCO y su BANCO le obliga a seguir esas pautas para entrar. MIEDO señores ¿Es lo que queremos que quede de nuestra imagen de marca?
Toco la puerta de cristal, hay una persona que desde su mesa ve perfectamente toda aquella aglomeración y a señor de 70 años, le expongo el problema y me comunica que es nuestra obligación mantener la distancia de seguridad y que no puede hacer nada. ¿Cómo mantenemos la distancia de seguridad si no sale nadie a la calle a dar el turno y tienen a todos los de mesa esperando allí junto con los de los cajeros automático y los que vamos a caja?
En fin… Hablemos de los cajeros automáticos… El banco no tiene hidrogel a disposición de los clientes y tampoco en esa sala. Todos los que entran (incluido el anciano) usan los cajeros sin haberse desinfectado las manos y NADIE SALE EN HORA Y MEDIA que estuve allí a limpiar los cajeros. Calcular en una hora el número de clientes con manos sin desinfectar que usan el CAJERO. Conclusión: Para usar vuestros servicios tengo que exponerme a riesgos higiénico-sanitarios ¿Imagen de marca?
Dentro, no es necesario explicar, que no había nadie (todos los clientes están amontonados en menos de 4 metros cuadrados y toda la amplia oficina vacía) y que el bolígrafo con el que te hacen firmar evidentemente lo han usado todos los clientes y no hay evidencias de su desinfección.
Con todo este POST lo que os quiero explicar es la mala experiencia que puede tener un cliente en nuestro establecimiento si no implantamos las MEDIDAS PARA REDUCIR RIESGOS HIGIÉNICO-SANITARIOS frente al COVID. A mI personalmente cada vez que me nombren esa entidad bancaria recordaré el MIEDO en los ojos del anciano y los riesgos a los que lo han sometido hoy, siendo COLECTIVO DE RIESGO, para usar sus servicios.
Ni desinfección con ozono, ni mamparas de metacrilato entre las tumbonas en la piscina, ni software para control de infectados dentro del hotel… Las Medidas para la reducción del contagio por el coronavirus SARS-COV-2 redactadas por el ICTE (Instituto de la Calidad Turística Española) y avaladas por el Ministerio de Sanidad y la Secretaria Estado de Turismo nos habla de tres medidas principales, las tres D:
Desinfección: Aumentar las frecuencias en los planes de limpieza establecidos y uso de productos aprobados por el Ministerio de Sanidad. Estas limpiezas deben quedar documentadas.
Distanciamiento social: Garantizar, en la medida de lo posible, que la distancia de seguridad de dos metros, tanto entre empleados como con clientes.
Dotación de EPIS: Cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad de dos metros dotar a los empleados de los EPIS necesarios para minimizar los riesgos.
Las premisas principales son esas, a partir de ahí, añadir las que nos vayan marcando los tour-operadores y debe ir acompañado por el PLAN DE CONTINGENCIAS.
Que no te vendan fórmulas magistrales ni certificados no avalados por el Ministerio de Sanidad con requisitos propios.
Para más información, como siempre, estoy a vuestra entera disposición,