Medio Ambiente

Formación obligatoria para el personal del hotel con TRAVELIFE

Si quieres certificarte con TRAVELIFE la estándar marca en varios de sus puntos la formación obligatoria que debe recibir tu personal antes de la auditoria que va más allá de la típica formación en buenas prácticas ambientales o sensibilización ambiental ¿Sábes en qué consiste? ¿Qué formación debes darle a tu personal para poder certificarte?

TRAVELIFE es una herramienta de sostenibilidad para hoteles y apartamentos que les ayuda a gestionar sus impactos ambientales (efecto que tiene su actividad en el medio ambiente).

A lo largo del estándar define la formación necesaria que se le debe dar al personal para capacitarlo para el desarrollo de sus funciones en sostenibilidad, concretamente en los puntos 32, 78, 93, 128 y 139 del estándar vigente, que incluye, entre otras, reciclaje, manipulación de productos químicos, buenas prácticas, protección a menores frente abusos sexuales…

¿Qué porcentaje del personal debe recibir dicha formación? La norma lo específica y difiere en algunos puntos.

En nuestro caso particular, cuando llevamos a cabo la IMPLANTACIÓN o MANTENIMIENTO de la NORMA en un establecimiento hotelero, lo que hacemos es diseñar una FORMACIÓN A MEDIDA sobre su propio sistema de gestión medioambiental y apoyado con imágenes del complejo que hemos tomado en la auditoria interna para que les sea de mayor utilidad, somos de los que pensamos, que NO SE TRATA DE CUMPLIR UN REQUISITO sino de que la FORMACIÓN sea lo más útil posible al personal y nos sirva para mejorar y sobre todo CUMPLIR REQUISITOS LEGALES ASOCIADOS.

La formación en IMPLANTACIÓN y MANTENIMIENTO está incluida en la cuota pero si deseas PRESUPUESTO para formación exclusivamente puedes pedírnoslo sin problema para ASEGURAR que tu personal tiene la cualificación que exige la norma antes de la auditoria. Llevamos MÁS DE 10 AÑOS IMPARTIENDO FORMACIÓN DE TRAVELIFE EN CANARIAS y tenemos más de 30 hoteles certificados.

Espero que este POST te haya servido de ayuda para saber qué formación debe tener tu personal para certificarse en TRAVELIFE. No obstante, si necesitas ayuda en el proceso de implantación o con los cursos os recuerdo que estoy a vuestra entera disposición. Ponerse en manos de profesionales especialistas en la materia puede ahorrarte, tiempo, dinero y muchos quebraderos de cabeza. Mándame un email y estudiare tu caso concreto, para llevar a cabo la implantación con mayor garantía de éxito.

¿Quieres implantar TRAVELIFE? ¿Quieres certificarte? Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a conseguirlo.

Ismael Lozano Latorre

Consultor especializado en TRAVELIFE en Canarias

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Medio Ambiente

Nuevo requisito legal: Presentar Memoria Anual de Residuos antes del 1 de marzo.

El 1 de marzo se termina el plazo de presentación de la Memoria Anual de Residuos que están obligados a presentar todos los productores de residuos.

En cumplimiento de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los productores de residuos están obligados a presentar, antes del 1 de marzo una memoria anual de residuos, según el anexo XV de dicha ley, informando de los residuos producidos en 2022 y el destino final de los mismos.

Dicha memoria debe ser presentada en la web de la Consejería de Medio Ambiente con certificado digital.Para cumplimentar dicho Anexo debéis seguir las indicaciones de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, obteniendo los datos de los documentos de identificación de los residuos (peligrosos y no peligrosos) que produzcáis, que previamente debéis haber solicitado a vuestros gestores de residuos (que os lo debían haber entregado en cada recogida).

                IMPORTANTE:

  • Todos los que produzcan residuos peligrosos están obligados.
  • Los que no produzcan residuos peligrosos y generen menos de 10 toneladas al año de residuos no peligrosos no necesitan cumplimentarlo.

Ismael Lozano Latorre

Consultor calidad y medio ambiente

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ismaellozanolatorre@hotmail.com

Medio Ambiente

¿Cómo implantar TRAVELIFE? Guía de implantación: Productos químicos

¿Le ha pedido un tour operador a su establecimiento turístico que tenga el certificado TRAVELIFE implantado? ¿Sabes lo qué es? ¿Cómo conseguirlo? Como consultor especializado en TRAVELIFE, con más de 30 hoteles implantados con éxito en Canarias, os voy a dejar una pequeña guía con consejos para que el trámite os sea más fácil, empezando hoy con uno de los temas más importantes, la gestión de productos químicos en TRAVELIFE.

TRAVELIFE es una herramienta de sostenibilidad para hoteles y apartamentos que les ayuda a gestionar sus impactos ambientales (efecto que tiene su actividad en el medio ambiente).

Uno de los aspectos ambientales que más impactos generan y que por tanto, son motivo de preocupación por parte de la norma, son los productos químicos de nuestro establecimiento.

¿Qué productos químicos poseemos en el hotel que preocupan a TRAVELIFE?


Se consideran productos químicos peligrosos lo que poseen pictogramas de peligrosidad.

Los principales productos que poseen estos pictogramas en los complejos hoteleros son estos (aunque habría que hacer un estudio detallado en cada establecimiento para que no se nos escape ninguno):

  • Productos de limpieza de pisos.
  • Productos de mantenimiento de las piscinas.
  • Productos fitosanitarios de jardinería.
  • Algunos productos de mantenimiento, por ejemplo, disolventes.
  • Productos limpieza cocina, como por ejemplo desengrasantes o productos del tren de lavado.

¿Qué requisitos afectan a los productos químicos de nuestro establecimiento?

El principal CONSEJO antes de empezar con la correcta gestión de productos químicos según TRAVELIFE es que hagáis un listado de todos los que tenéis y estudiéis los que son realmente necesarios para reducirlos al máximo, tanto en cantidad como en gama, esto nos facilitará mucho las cosas.

Llevar a cabo un control numérico de la cantidad de productos químicos que tenemos en el hotel, de cada uno de ellos deberemos computar, quién es su proveedor, el uso, lugar de almacenamiento, formato en que se almacena, número total de kilos o litros que tenemos en el hotel, como nos deshacemos del residuo, pictogramas de peligrosidad que contiene, impacto ambiental y medidas de control asociadas al mismo. Con esto tendremos una Hoja de Ruta (que es obligatoria para TRAVELIFE) para ir minimizando el impacto de dichos productos en el hotel. Además, nos servirá para hacernos una imagen clara de la cantidad total en kilos o litros de productos químicos que hay en el hotel, que siempre termina sorprendiéndonos.

Cada producto químico debe tener una ubicación concreta y después de su uso debe ser devuelto a donde estaba.

Los productos químicos deben estar siempre dotados de medidas anti derrame, tanto bandeja contenedora como sepiolita o absorbente.


En todas las zonas de almacenamiento de productos químicos debe haber cartelería indicando como actuar en caso de derrame y registro para anotar los posibles incidentes ambientales.

Sus envases deben gestionarse como RESIDUOS PELIGROSOS, debemos estar dados de alta como pequeño o gran productor (según te aplique) tener un gestor autorizado de residuos peligrosos con autorización para gestionar este tipo de residuos y elaborar la memoria anual.

¡Ojo! MUY IMPORTANTE, los envases plásticos y metálicos contaminados, deben SIEMPRE gestionarse con el tapón puesto. Si de cada uno de ellos caen tres o cuatro gotas podemos hacer un líquido acuoso bastante peligroso al fondo del bidón.

Estas son las premisas principales, no obstante, deberemos tener en cuenta también que no estén almacenados juntos productos incompatibles, que el PH y Cloro de los dosificadores de piscina estén convenientemente separados, que existan EPIS apropiados en las zonas de almacenamiento de productos químicos….

Espero que este POST te haya servido de ayuda para saber qué debes hacer con los productos químicos en la implantación de TRAVELIFE. No obstante, si necesitas ayuda en el proceso de implantación os recuerdo que estoy a vuestra entera disposición. Ponerse en manos de profesionales especialistas en la materia puede ahorrarte, tiempo, dinero y muchos quebraderos de cabeza. Mándame un email y estudiare tu caso concreto, para llevar a cabo la implantación con mayor garantía de éxito.

¿Quieres implantar TRAVELIFE? ¿Quieres certificarte? Ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a conseguirlo.

Ismael Lozano Latorre

Consultor calidad y medio ambiente

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ismaellozanolatorre@hotmail.com

Medio Ambiente

Implantar Travelife en Canarias

¿Necesitas implantar Travelife en tu complejo hotelero y no sabes por donde empezar?

No lo dudes.

Minimiza el tiempo de implantación y riesgo de fracaso en auditoria contratando a especialistas en la materia. En los dos últimos años hemos certificado con éxito más de 30 complejos hoteleros en Canarias ¿Te gustaría ser el siguiente?

Medio Ambiente

¿Cómo ser un viajero responsable? Concienciación ambiental de los turistas.

La concienciación ambiental a los huéspedes es un punto auditable para la obtención del certificado TRAVELIFE en los hoteles y en otros certificados de sostenibilidad como Biosphere Hotels, por ejemplo.

La concienciación ambiental del turista es un punto fundamental para la sostenibilidad del destino, pero ¿Hacemos lo suficiente? ¿Qué hace tu empresa turística al respecto con sus clientes?

¿Existen guías específicas definidas en vuestro destino turístico al respecto?

A continuación comparto con vosotros un video de Condé Nast Traveler España que me ha gustado mucho . Espero vuestras respuestas y comentarios.

Ismael Lozano Latorre

Consultor y auditor de certificación de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

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www.ismaellozanolatorre.com

Medio Ambiente

Aprobado Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

El 21 de enero entra en vigor Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ¿Qué modificaciones tiene? ¿En qué te aplica? Sigue leyendo y te lo contamos todo.

Pilas y acumuladores

El cambio más importante es que los residuos pilas y acumuladores que contengan sustancias como litio o níquel metal hidruro, serán clasificados como RESIDUOS PELIGROSOS, debiendo ser gestionado el residuo como tal.

El Real Decreto introduce nuevos códigos LER estatal para la identificación de pilas, acumuladores y baterías considerados como peligrosos

16 06 07*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el litio en cualquiera de sus formas, tales como las pilas de litio o los acumuladores ion-litio.

16 06 08*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el níquel en cualquiera de sus formas, tales como los acumuladores de níquel metal hidruro (Ni-MH). Se excluyen de este código los acumuladores y baterías de níquel-cadmio.

16 06 09*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentren otras sustancias peligrosas.

20 01 42*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el litio en cualquiera de sus formas, tales como las pilas de litio o los acumuladores ion-litio.

20 01 43*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el níquel en cualquiera de sus formas, tales como los acumuladores de níquel metal hidruro (Ni-MH). Se excluyen de este código los acumuladores y baterías de níquel-cadmio.

20 01 44*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentren otras sustancias peligrosas.»

Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Se revisan ciertos aspectos de la legislación de RAEE, su ámbito de aplicación, para incidir en que desde agosto de 2018 se aplica a todos los aparatos eléctricos y electrónicos, y no solo a categorías determinadas.

Aparatos eléctricos y electrónicos de terceros países.

Se incrementa el control de los aparatos, a partir de ahora, deberá incluirse, de forma visible, el número de inscripción en el Registro Integrado Industrial en la acreditación documental de la importación de estos dispositivos

Esperamos que este post te haya sido de utilidad.

Ismael Lozano Latorre

Consultor y auditor de certificación de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

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www.ismaellozanolatorre.com

Medio Ambiente

Poda de palmeras en Canarias: Requisitos Legales

La Palmera Canaria o Phoenix Canariensis es un símbolo de nuestras islas al ser una especie endémica, es obligación de todos cuidar de ella para intentar evitar la propagación de las plagas, ya sea por salvar las palmeras y contribuir al mantenimiento de nuestro ecosistema o por evitar sanciones económicas.

 ¿Sabías que la poda de palmeras está sujeta a legislación? ¿Cumple tu establecimiento los requisitos para llevarla a cabo o estás expuesto a una sanción? En este POST voy a hablaros de la Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugieneur y Diocalandra Frumenti y se establecen medidas sanitarias para su erradicación y control, que aunque es antigua y debería de estar correctamente implantada en todos los establecimientos, es habitual encontrarse el desconocimiento o incumplimiento de parte de ella.


https://pixabay.com/es/photos/palm-%C3%A1rbol-palmera-datilera-320831/


            Según la legislación existente:

  • Sólo se permitirá la poda de hojas secas y senescentes sin cortas a ras de estípite, conservando aquellas tábalas que estén fuertemente adheridas y eliminando aquellas que se desprendan fácilmente.
  • En las palmeras pequeñas se tenderá a amarrar las hojas verdes.
  • La limpieza de estípites siempre irán acompañadas con la aplicación de un producto fitosanitario (fungicida e insecticida autorizado), prohibiéndose los cepillados de los mismos.
  • En el caso de que sea necesario, por motivos de seguridad ciudadana, el corte de hojas verdes, la cicatriz se tratará con un aceite mineral de verano y posteriormente se le aplicará una pintura al aceite de color teja o mastic de pod

            ¿Y quién puede podarnos las palmeras?

Según la Orden sólo podrán llevarlo a cabo las personas o entidades que estén acreditados por parte de la Dirección General de Agricultura para realizar dichos trabajos, es decir, si has contratado una empresa para que poden las palmeras de tu complejo hotelero deberíamos solicitarle dicha acreditación para comprobar que no estamos infringiendo el requisito legal (aconsejable quedarnos con una copia).
Igualmente, para cubrirnos las espaldas y evidenciar que estamos haciendo las cosas correctamente deberíamos pedirle a la empresa subcontratada documentación al respecto del destino de los restos de poda, porque según la Orden, los restos de poda deberán transportarse hasta vertedero autorizado.

Espero que os haya sido de interés, espero vuestros comentarios.

Ismael Lozano Latorre

Auditor y consultor sistemas de Gestión

Lanzarote

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ismaellozanolatorre@hotmail.com

Calidad, Medio Ambiente

Incumplimientos legales en empresas instaladoras y mantenedoras de contra incendios en Canarias ¿Cumple la tuya el Real Decreto 513/2017?

El Real Decreto 513/2017 de 22 de mayo, en sus artículos 10 y 15, detalla los requisitos que deben cumplir las empresas instaladoras y mantenedoras de contraincendios ¿Los cumple la tuya? Te recomendamos que leas este post porque por desgracia, en Canarias, en los últimos años, se está detectando numerosos incumplimientos.

¿Dónde radica el problema? Con la modificación del RIPCI (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios) se incluyo una nueva clausula para las empresas instaladoras y mantenedoras, concretamente “Disponer de un certificado de calidad del sistema de gestión implantado emitido por una entidad  acreditada”.

https://pixabay.com/es/photos/lucha-contra-el-fuego-302586/

La Guía Técnica del RIPCI publicada por el Ministerio de Industria en febrero de 2018 nos aclara que el certificado al que hace referencia es la ISO 9001:2015 y que en el alcance del certificado se deberá incluir EXPLÍCITAMENTE cada uno de los equipos o sistemas para los que se va a habilitar a la empresa. Y cita textualmente “No es válido poner alcances genéricos o ambiguos”.

¿Qué quiere decir eso? Pues que el alcance debe detallar para que equipos o sistemas está la empresa acreditada para hacer la INSTALACIÓN O MANTENIMIENTO. Ya no son Instaladoras o mantenedoras de equipos contraincendios en general sino SOLO de AQUELLOS que estén certificados.

¿En qué nos afecta a nosotros como clientes todo esto? A partir de ahora, a nuestra empresa instaladora y/o mantenedora, además de solicitarle la documentación que acredita que lo son DEBEMOS SOLICITARLE el certificado de calidad ISO 9001:2015 y fijarnos en el alcance si están acreditados para el servicio que nos están prestando. ¿Qué ocurre si no lo están? Pues que no estamos contratando los servicios de una empresa instaladora o mantenedora válida.

¡Ojo! Debemos tener en cuenta que en el inicio de la actividad, y por un periodo máximo de un año, se considera cumplido el requisito con la acreditación de tener contratado el desarrollo e implantación de dicho sistema de gestión de la calidad.  Les dan un plazo de un año SIEMPRE Y CUANDO ASEGUREN que lo están implantado.

¿Qué está ocurriendo? Implantar un sistema de gestión de calidad requiere el esfuerzo del personal o la contratación de un consultor externo y además, se debe contratar los servicios de una empresa de certificación acreditada ¡QUE NUNCA PUEDE SER LA MISMA QUE LA EMPRESA DE CONSULTORÍA! Esto lleva esfuerzo y dinero.

Había empresas instaladoras y mantenedoras que ya estaban certificadas y lo único que han tenido que hacer es adaptar el alcance con las actividades que realmente realizan.

Otras han contratado los servicios de un consultor o formado a personal para hacerlos ellos mismos y contratado a una empresa acreditada (como AENOR, TUV RHEINLAND, APPLUS, BUREUA VERITAS, EQA…) para que les auditen y acrediten que su sistema de gestión de calidad cumple la ISO 9001:2015.

Sin embargo, por desgracia, otras empresas instaladoras y mantenedoras han contratado servicios de dudosa credibilidad a precio mucho más económico (recordemos, consultaría y certificación deben ser distintas personas y las auditorias de certificación  de ISO 9001:2015 siempre son presenciales, nunca se hacen on line) para obtener un certificado que NO SIEMPRE es válido.

¿Cómo podemos distinguir un certificado bueno de uno malo?  Es muy fácil. Con el truco que os conté antes, el alcance, porque por desgracia, algunas de esas entidades, ni si quiera se han tomado la molestia de adaptarlo al RD 513/2017.

Si tu empresa instaladora o mantenedora tiene un certificado con este alcance o parecido:

“INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS”

 ¡No cumple el RD 513/2017! Porque debe detallar para que equipos está autorizada, por ejemplo:

Instalación y mantenimiento de sistemas contra incendios para sistema de detección y de alarmas de incendios, sistemas de extinción en polvo, sistemas de espuma física, sistemas de rociadores automáticos y agua pulverizada, sistemas de señalización luminiscente, puertas cortafuego y otros cierres mecánicos…”

Debe detallar que sistemas están acreditados.

Si eres una empresa instaladora y mantenedora y entregas a tus clientes un certificado NO VALIDO estás perjudicando tu imagen, deberías contratar un servicio de consultoría que te asesore correctamente y una empresa certificadora que emita certificados correctamente.

Si acabas de descubrir que el certificado de tu empresa no es válido ponte en contacto conmigo para intentar solventarlo antes de que lo hagan tus clientes.

Un cordial saludo,

Ismael Lozano Latorre

Consultor Sistemas de Gestión de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

616 39 34 79

ismaellozanolatore@hotmail.com

Calidad, Medio Ambiente

¿Caducan los certificados de ISO 9001 Y 14001?

¿Sabías que los certificados de calidad y medio ambiente caducan? Tienen una validez anual y después debes renovarlos, lo que en realidad es lógico, porque que lo hagas bien ahora no significa que lo vayas a hacer bien en el futuro.

Muchas empresas consideran erróneamente que superando la auditoria inicial de ISO 9001:2015 o ISO 14001:2015 ya están certificados para siempre y pueden tener expuesto en su puerta y en su documentación los sellos de calidad y medio ambiente pensando que nunca van a tener que  hacer nada más. Evidentemente, están equivocados.

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Cuando un auditor externo lleva a cabo una auditoria de certificación lo que emite es un certificado de que en ese momento, según la evaluación de carácter muestral realizada, la empresa cumple lo establecido en la norma de referencia y tiene una validez de un año (ya sea ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, Q de Calidad…).

¿Qué quiere decir eso? Pues que anualmente deberemos pasar una auditoria de certificación para evidenciarle a la empresa certificadora que seguimos cumpliendo lo establecido en la norma.

Las auditorias de certificación se suelen dividir en ciclos de tres años: el primero una auditoria inicial, que suele ser de más larga duración y se analizan todos los puntos de la norma y los dos años siguientes auditoria de seguimiento, suelen ser más breves y no tienen por qué analizarse todos los puntos de la norma (por ejemplo, en Q de calidad, sólo se analizan los puntos de criticidad alta).

Una vez superado el primer ciclo se lleva a cabo, el cuarto año, una auditoria de recertificación, que otra vez, será de mayor duración y se auditan todos los puntos de la norma. Quinto y sexto año tocaría seguimiento, séptimo recertificación… y así hasta el infinito.

¿Qué ocurre si sólo hacemos la auditoria de certificación y seguimos usando el sello en la puerta o documentos internos? Estaríamos engañando al cliente y por otro  (y más preocupante) estaríamos violando la política de uso de la marca de la empresa certificadora.

Si tienes en tu puerta un sello de una empresa certificadora (APPLUS, BUREAU VERITAS, TUV RHEINLAND, AENOR, EQA…) o envías documentos o e-mail con el mismo y ya no estás certificado, estás diciendo que un auditor ha venido a auditarte y garantiza que cumples lo establecido en la norma de referencia ¡Y no es verdad! Estás afirmando que la empresa de certificación te avala cuando no es cierto. La empresa certificadora en estos casos está en su derecho de denunciar y exigir una cuantiosa sanción.

Tened cuidado… No exhibáis que tenéis sellos que no tenéis y aseguraros si dejáis una certificación de quitar todo rastro de los sellos.

Espero que éste post os haya resultado de interés, como siempre, quedo a vuestra entera disposición para cualquier duda o pregunta que me queráis hacer,

Un cordial saludo,

 Ismael Lozano Latorre

616 39 34 78

Consultor de Calidad y Medio Ambiente

Auditor de Certificación de Calidad y Medio Ambiente

Lanzarote (Canarias)

 

Medio Ambiente

Incoherencia política, Cesar Manrique e impactos ambientales

Este año se cumplen cien años del nacimiento de Cesar Manrique, hay actos de conmemoración, charlas, fiestas, actividades… ¿Pero qué ocurre con su legado?

Estamos en período de elecciones y todos los partidos políticos presentan en su programa acciones relacionadas con el turismo sostenible, la imagen de Lanzarote y el medio ambiente… Se habla de Cesar Manrique, de su trabajo, de su esfuerzo y todo lo que hizo por esta isla… ¿Y le estamos haciéndo caso? Generalmente sí, pero parece que en período de elecciones nos olvidamos.

Cesar Manrique insistía en la importancia de mantener nuestra isla limpia de los impactos visuales que producen las vallas publicitarias ¿En algún momento dijo que en elecciones el impacto era menor o es que depende de lo que anuncie la valla?

Este artículo pretende ser apolítico y neutro y solo quiero aprovechar estas imágenes que cuelgo a continuación para realizar un análisis de los impactos ambientales asociados a determinadas acciones y recordar lo que Cesar Manrique defendía como mi homenaje personal a su memoria en el centenario de su nacimiento.

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¿Qué es un aspecto ambiental? ¿Y un impacto ambiental? La norma UNE-EN-ISO 14001:2015 los define en los puntos 3.2.2. y 3.2.4.

Un aspecto ambiental es cualquier actividad que llevamos a cabo dentro de una organización y que tiene un efecto sobre el medio ambiental. Impacto ambiental es dicho efecto.

Para que os hagáis una idea del efecto nocivo para el medio ambiente que tienen esos carteles voy a hacer un pequeño análisis que los partidos políticos preocupados por el medio ambiente deberían haber llevado a cabo antes de decidir si ponerlos o no.

¿Qué efectos nocivos para el medio ambiente tiene la colocación de dichos carteles?

  • Impacto visual: La contaminación visual producida por la colocación de los mismos. Afecta y perturbar la visualización del paisaje. Son invasivos y agresivos con el entorno que los rodea.
  • Consumo de papel y cartón: Se han talado árboles para poner esa valla y para la creación de los carteles.
  • Consumo de energía eléctrica y productos químicos: Para la impresión de los carteles.
  • Generación de residuos: Se han producido residuos en el proceso de producción de los carteles en la imprenta y los botes de cola que utilizan para pegarlos, por ejemplo.
  • Emisiones a la atmósfera: Para recorrer la isla y empapelarla se han utilizado vehículos que emiten gases a la atmosfera.
  • Otros…

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¿Se te ocurre alguno más? Ayúdame a alargar esta lista para explicarles a los partidos políticos por qué ciertas medidas no son necesarias en el siglo XXI y menos en una isla como Lanzarote que vivimos de nuestra imagen y cuyo principal factor de preocupación es el cuidado del medio ambiente.

Ismael Lozano Latorre

Consultor y Auditor de Certificación de Calidad y Medio Ambiente