Calidad

Certificado SAFE TOURISM del Ministerio de Sanidad para hoteles y restaurantes ¿Cuánto cuesta?

¡Por fin! Ya está disponible el LOGO y el precio de las auditorías del certificado SAFE TOURISM del Instituto de Calidad Turística Española encargado por la Secretaria del Estado de Turismo (SET) y avalado por el Ministerio de Sanidad.

Como ya he comentado en Post anteriores este es el CERFICADO AVALADO por el MINISTERIO DE SANIDAD, el resto que están circulando por todas partes son de instituciones privadas.

Para la definición de los protocolos higiénico-sanitarios el ICTE ha contado con el asesoramiento de la Organización Médico Colegial (OMC), la Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo (AEEMT) y la Asociación Española de Servicios de Prevención Laboral (AESPLA) en coordinación con la Secretaría de Turismo, los representantes de las Comunidades Autónomas y la FEMP.

 

 ¿Cómo se consigue?

Para certificarse deberás implantar en tu establecimiento las Medidas para la Reducción de Riesgos Higiénico-Sanitarios frente al COVID-19 que puedes descargar gratuitamente en la web del Ministerio de Sanidad (paso enlace)

https://www.mincotur.gob.es/es-es/COVID-19/Paginas/Guias-sector-turistico.aspx

 Una vez llevada a cabo la implantación deberás poner en contacto con algunas de las empresas certificadoras (TUV RHEINLAND, APPLUS, OCA CERT…) para llevar a cabo la auditoría de certificación.

¿Cuánto cuesta la auditoría?

La precios que comparto a continuación son una estimación aproximada que variará en función de la certificadora que elijáis (TUV RHEINLAND, APPLUS, OCA…) pero irán aproximadamente en estos márgenes.

HOTEL hasta 100 habitaciones: 400 €

HOTEL más de 100 habitaciones: 800 €

RESTAURANTE: 400 €

Además, en el caso de establecimientos NO CERTIFICADOS con la Q de calidad, deberán pagar el USO DE LA MARCA al ICTE, el uso de la marca varía también en función de establecimientos:

Para bares, cafeterías y restaurantes, si el aforo es de hasta 175 personas 200 euros y si es superior a 175 personas 300 euros. Si tiene la Q de calidad sería gratuito.

Para hoteles y apartamentos hasta 40 habitaciones, serían 250 euros, de 41 a 100 habitaciones 300 euros y más de 100 habitaciones 400 euros. Si el hotel o apartamento tiene la Q de calidad sería gratuito.

Estas cuotas o precios, puedes verse reducidos, si por ejemplo CERTIFICAMOS LA CADENA HOTELERA en vez de HOTEL a HOTEL.

¿Es obligatorio?

Los establecimientos están obligados a redactar una Declaración Responsable de cumplimiento de la Medidas para la Reducción de Riesgos Higiénico-sanitarios frente al COVID-19.

El certificado es voluntario, pero dará una imagen de seguridad frente a terceros, porque no eres tú el que dices que lo cumples, sino que has superado una auditoría por una entidad certificadora externa e independiente, que avala que lo cumples.

El certificado SAFE TOURISM más que una ventaja competitiva para quienes lo tengan se convertirá en un punto débil para todos aquellos que no lo posean, porque no podrán certificar que cumplen las medidas higiénico-sanitarias frente al COVID-19.

A título personal considero que es una iniciativa muy positiva que va a ayudarnos generar confianza y a reposicionarnos en el mercado y me siento muy contento de poder colaborar en este proyecto porque soy uno de los auditores acreditados por el ICTE para auditar dichas especificaciones técnicas.

Si necesitas ayuda en la implantación y requieres los servicios de un consultor no dudes en contactar conmigo porque puedo ayudarte a poner en práctica las especificaciones técnicas y redactar los procedimientos específicos. Y recuerdo, si lo implanto yo, no puedo auditarte, dado que los auditores siempre deber ser independientes.

Un cordial saludo a todos y esperamos que esta situación se solvente lo antes posible,

Ismael Lozano Latorre

Auditor y consultor calidad, medio ambiente y PRL

Canarias

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Calidad

Descarga gratuita las medidas frente al COVID-19 de hoteles y restaurantes de la Secretaria de Estado de Turismos aprobadas por el Ministerio de Sanidad

El Ministerio de Sanidad ya ha aprobado las especificaciones técnicas redactadas por el ICTE en coordinación con la Secretaria del Estado de Turismo para la reducción de riesgos higiénico-sanitarios frente al COVID-19 para hoteles, restaurantes, albergues, campings, ciudades de vacaciones, casas rurales, guías de turismo, campos de golf y museos.

Os recuerdo, dada la gran oferta de sellos y certificados que están saliendo de entidades privadas en la actualidad, que estas son las APROBADAS por el Ministerio de Sanidad y coordinadas por la Secretaria de Estado de Turismo.

https://www.pexels.com/photo/concept-of-covid-19-in-red-background-4031867/

A continuación os dejo el enlace donde podéis descargarlas gratuitamente.

https://www.mincotur.gob.es/es-es/COVID-19/Paginas/Guias-sector-turistico.aspx

https://www.calidadturisticahoy.es/ESP/m/36/1391/general/Inicio/Guias-para-la-reduccion-del-contagio-por-el-coronavirus-SARS-CoV-2-en-el-sector-turistico

 

Y si tenéis alguna duda en su implantación y requerís los servicios de un consultor, no dudéis en poneros en contacto conmigo.

Ismael Lozano Latorre

Consultor y auditor de calidad y medio ambiente

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

 

Calidad

Certificado que acredita la seguridad frente al COVID-19 para hoteles, restaurantes, playas y balnearios

La Secretaría de Estado de Turismo (SET) ha encargado al ICTE (Instituto para la Calidad Turística Española) crear un sello o distintivo que permita certificar a quienes, de manera voluntaria, implanten los protocolos definidos por ellos para minimizar los riesgos higiénico-sanitarios asociados al COVID-19 y así generar confianza en los turistas potenciales de cara a la futura apertura de los establecimientos.

El objetivo es ofrecer al sector turístico una herramienta con la que garanticen un mayor nivel de seguridad frente a la expansión del coronavirus y distinguir a aquellos establecimientos que realmente lo hayan puesto en práctica y para ello, es necesario, contar con un CERTIFICADO fiable, reconocido y con apoyo institucional, como el que están creando.

 

https://www.pexels.com/photo/concept-of-covid-19-in-red-background-4031867/

 ¿Es obligatorio?

 El certificado es voluntario, solo para aquellos establecimientos que lo deseen, pero más que una ventaja competitiva para quienes lo tengan se convertirá en un punto débil para todos aquellos que no lo posean, porque no podrán certificar que cumplen las medidas higiénico-sanitarias frente al COVID-19.

¿De qué tipo de medidas estamos hablando?

Las especificaciones técnicas todavía no han sido publicadas, pero serán del estilo de: planes específicos de limpieza, barreras físicas (por ejemplo, pantalla de metacrilato en recepción, como las que tienen farmacias o cajeros supermercado), garantizar las distancias de seguridad entre turistas…

Para la definición de los protocolos higiénico-sanitarios el ICTE ha contado con el asesoramiento de la Organización Médico Colegial (OMC), la Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo (AEEMT) y la Asociación Española de Servicios de Prevención Laboral (AESPLA) en coordinación con la Secretaría de Turismo, los representantes de las Comunidades Autónomas y la FEMP.

¿Quién se puede certificar?

 Podrán certificarse todos los hoteles, restaurantes, playas y balnearios que lo deseen.

 Los que dispongan de la Q de calidad lo harán en la propia auditoría, los que no, tendrán que superar una auditoría específica.

 A estos primeros subsectores turísticos se irán sumando otros próximamente.

 ¿Cómo me puedo certificar?

Deberás implantar las medidas higiénico-sanitarias desarrolladas en las especificaciones técnicas y superar una auditoría ICTE, que cuenta con personal independiente y especializado para evaluar el cumplimiento.

A título personal considero que es una iniciativa muy positiva que va a ayudarnos generar confianza y a reposicionarnos en el mercado y me siento muy contento de poder colaborar en este proyecto porque soy uno de los auditores acreditados por el ICTE para auditar dichas especificaciones técnicas.

Si necesitas ayuda en la implantación y requieres los servicios de un consultor no dudes en contactar conmigo porque puedo ayudarte a poner en práctica las especificaciones técnicas y redactar los procedimientos específicos. Y recuerdo, si lo implanto yo, no puedo auditarte, dado que los auditores siempre deber ser independientes.

Un cordial saludo a todos y esperamos que esta situación se solvente lo antes posible,

Ismael Lozano Latorre

Auditor de certificación y consultor

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Lanzarote (Canarias)

Calidad

¿Cómo definir correctamente los objetivos de calidad según ISO 9001:2015?

Los comienzos de año es época de Planificación y de fijación de objetivos en muchas empresas. La ISO 9001:2015 en su apartado 6.2. nos habla de los Objetivos de Calidad y planificación para lograrlos, pero ¿Sabes qué son? ¿Qué requisitos deben cumplir? ¿Cómo definirlos correctamente?

La ISO 9000:2005 define los Objetivos de Calidad como “algo ambicionado o pretendido, relacionado con la calidad” ¿Qué quiere decir eso? Pues un ejemplo claro lo tenemos en estas fechas con los “propósitos de año nuevo” ¿Acaso no son los objetivos que planteamos para mejorar en nuestra vida personal? Dejar de fumar, empezar a hacer deporte, perder un par de kilos, aprender inglés… Pues en la vida empresarial debemos hacer lo mismo, al comenzar el ciclo ponernos unas metas hacia las que queramos llegar. Eso son los objetivos de calidad.

12573367203_c9a52216b5_e
https://www.flickr.com/photos/79084674@N04/12573367203/

¿Qué requisitos deben cumplir? Deben ser coherentes con la política de calidad, medibles, tener en cuenta requisitos aplicables, ser pertinentes para la conformidad de los productos y servicios y para el aumento de la satisfacción del cliente, ser objeto de seguimiento, comunicarse y actualizarse.

Voy a desarrollar algunos de los puntos que más soléis preguntarme para que os quede más claro:

 COHERENTE CON LA POLÍTICA DE CALIDAD:

Si al definir nuestra política de calidad por ejemplo pusimos que para nosotros lo más importante es la formación de nuestro personal y que la dirección se encargará personalmente de mejorar continuamente nuestro capital humano. ¿No deberíamos meter algún objetivo de calidad anual sobre formación? A eso nos referimos cuando hablamos de coherencia.

 

MEDIBLES: Los resultados se tienen que poder medir.

“Dar un servicio de calidad” no es medible, pero “incrementar un 5% la puntuación en el apartado calidad de servicio de la encuesta de satisfacción” si es medible. ¿Comprendéis la diferencia? Se trata de buscar objetivos que podamos transcribir en un resultado numérico, debemos poder decir al final del periodo si lo hemos superado o no y el grado de cumplimiento del mismo en cualquier fecha por si debemos tomar acciones para alcanzarlo.

Los Objetivos de Calidad deben ser conocidos por todos y todos deben participar para lograr su cumplimiento.

No hay nada más absurdo, cuando realizas una auditoria, que encontrarte con el gerente de una empresa que no conoce cuales son los Objetivos de Calidad que tienen definidos para ese año. Si sólo los sabe el Responsable de Calidad ¿Para qué sirven?

Como siempre os comento… Si defines Objetivos de Calidad deben ser reales, útiles y que toda la organización los conozca y sobre todo, que sea una meta en la que todos estemos motivados por alcanzar.

Mejora continua… Siempre es lo mismo.

Y si necesitas la ayuda de un profesional para ésto u otros asuntos relacionados con Calidad y Medio Ambiente, no dudes en llamarme.

Ismael Lozano Latorre

Auditor y Consultor de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Calidad, Medio Ambiente

Incumplimientos legales en empresas instaladoras y mantenedoras de contra incendios en Canarias ¿Cumple la tuya el Real Decreto 513/2017?

El Real Decreto 513/2017 de 22 de mayo, en sus artículos 10 y 15, detalla los requisitos que deben cumplir las empresas instaladoras y mantenedoras de contraincendios ¿Los cumple la tuya? Te recomendamos que leas este post porque por desgracia, en Canarias, en los últimos años, se está detectando numerosos incumplimientos.

¿Dónde radica el problema? Con la modificación del RIPCI (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios) se incluyo una nueva clausula para las empresas instaladoras y mantenedoras, concretamente “Disponer de un certificado de calidad del sistema de gestión implantado emitido por una entidad  acreditada”.

https://pixabay.com/es/photos/lucha-contra-el-fuego-302586/

La Guía Técnica del RIPCI publicada por el Ministerio de Industria en febrero de 2018 nos aclara que el certificado al que hace referencia es la ISO 9001:2015 y que en el alcance del certificado se deberá incluir EXPLÍCITAMENTE cada uno de los equipos o sistemas para los que se va a habilitar a la empresa. Y cita textualmente “No es válido poner alcances genéricos o ambiguos”.

¿Qué quiere decir eso? Pues que el alcance debe detallar para que equipos o sistemas está la empresa acreditada para hacer la INSTALACIÓN O MANTENIMIENTO. Ya no son Instaladoras o mantenedoras de equipos contraincendios en general sino SOLO de AQUELLOS que estén certificados.

¿En qué nos afecta a nosotros como clientes todo esto? A partir de ahora, a nuestra empresa instaladora y/o mantenedora, además de solicitarle la documentación que acredita que lo son DEBEMOS SOLICITARLE el certificado de calidad ISO 9001:2015 y fijarnos en el alcance si están acreditados para el servicio que nos están prestando. ¿Qué ocurre si no lo están? Pues que no estamos contratando los servicios de una empresa instaladora o mantenedora válida.

¡Ojo! Debemos tener en cuenta que en el inicio de la actividad, y por un periodo máximo de un año, se considera cumplido el requisito con la acreditación de tener contratado el desarrollo e implantación de dicho sistema de gestión de la calidad.  Les dan un plazo de un año SIEMPRE Y CUANDO ASEGUREN que lo están implantado.

¿Qué está ocurriendo? Implantar un sistema de gestión de calidad requiere el esfuerzo del personal o la contratación de un consultor externo y además, se debe contratar los servicios de una empresa de certificación acreditada ¡QUE NUNCA PUEDE SER LA MISMA QUE LA EMPRESA DE CONSULTORÍA! Esto lleva esfuerzo y dinero.

Había empresas instaladoras y mantenedoras que ya estaban certificadas y lo único que han tenido que hacer es adaptar el alcance con las actividades que realmente realizan.

Otras han contratado los servicios de un consultor o formado a personal para hacerlos ellos mismos y contratado a una empresa acreditada (como AENOR, TUV RHEINLAND, APPLUS, BUREUA VERITAS, EQA…) para que les auditen y acrediten que su sistema de gestión de calidad cumple la ISO 9001:2015.

Sin embargo, por desgracia, otras empresas instaladoras y mantenedoras han contratado servicios de dudosa credibilidad a precio mucho más económico (recordemos, consultaría y certificación deben ser distintas personas y las auditorias de certificación  de ISO 9001:2015 siempre son presenciales, nunca se hacen on line) para obtener un certificado que NO SIEMPRE es válido.

¿Cómo podemos distinguir un certificado bueno de uno malo?  Es muy fácil. Con el truco que os conté antes, el alcance, porque por desgracia, algunas de esas entidades, ni si quiera se han tomado la molestia de adaptarlo al RD 513/2017.

Si tu empresa instaladora o mantenedora tiene un certificado con este alcance o parecido:

“INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS CONTRA INCENDIOS”

 ¡No cumple el RD 513/2017! Porque debe detallar para que equipos está autorizada, por ejemplo:

Instalación y mantenimiento de sistemas contra incendios para sistema de detección y de alarmas de incendios, sistemas de extinción en polvo, sistemas de espuma física, sistemas de rociadores automáticos y agua pulverizada, sistemas de señalización luminiscente, puertas cortafuego y otros cierres mecánicos…”

Debe detallar que sistemas están acreditados.

Si eres una empresa instaladora y mantenedora y entregas a tus clientes un certificado NO VALIDO estás perjudicando tu imagen, deberías contratar un servicio de consultoría que te asesore correctamente y una empresa certificadora que emita certificados correctamente.

Si acabas de descubrir que el certificado de tu empresa no es válido ponte en contacto conmigo para intentar solventarlo antes de que lo hagan tus clientes.

Un cordial saludo,

Ismael Lozano Latorre

Consultor Sistemas de Gestión de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

616 39 34 79

ismaellozanolatore@hotmail.com

Calidad, Medio Ambiente

¿Caducan los certificados de ISO 9001 Y 14001?

¿Sabías que los certificados de calidad y medio ambiente caducan? Tienen una validez anual y después debes renovarlos, lo que en realidad es lógico, porque que lo hagas bien ahora no significa que lo vayas a hacer bien en el futuro.

Muchas empresas consideran erróneamente que superando la auditoria inicial de ISO 9001:2015 o ISO 14001:2015 ya están certificados para siempre y pueden tener expuesto en su puerta y en su documentación los sellos de calidad y medio ambiente pensando que nunca van a tener que  hacer nada más. Evidentemente, están equivocados.

quality-500958_1920

Cuando un auditor externo lleva a cabo una auditoria de certificación lo que emite es un certificado de que en ese momento, según la evaluación de carácter muestral realizada, la empresa cumple lo establecido en la norma de referencia y tiene una validez de un año (ya sea ISO 9001:2015, ISO 14001:2015, Q de Calidad…).

¿Qué quiere decir eso? Pues que anualmente deberemos pasar una auditoria de certificación para evidenciarle a la empresa certificadora que seguimos cumpliendo lo establecido en la norma.

Las auditorias de certificación se suelen dividir en ciclos de tres años: el primero una auditoria inicial, que suele ser de más larga duración y se analizan todos los puntos de la norma y los dos años siguientes auditoria de seguimiento, suelen ser más breves y no tienen por qué analizarse todos los puntos de la norma (por ejemplo, en Q de calidad, sólo se analizan los puntos de criticidad alta).

Una vez superado el primer ciclo se lleva a cabo, el cuarto año, una auditoria de recertificación, que otra vez, será de mayor duración y se auditan todos los puntos de la norma. Quinto y sexto año tocaría seguimiento, séptimo recertificación… y así hasta el infinito.

¿Qué ocurre si sólo hacemos la auditoria de certificación y seguimos usando el sello en la puerta o documentos internos? Estaríamos engañando al cliente y por otro  (y más preocupante) estaríamos violando la política de uso de la marca de la empresa certificadora.

Si tienes en tu puerta un sello de una empresa certificadora (APPLUS, BUREAU VERITAS, TUV RHEINLAND, AENOR, EQA…) o envías documentos o e-mail con el mismo y ya no estás certificado, estás diciendo que un auditor ha venido a auditarte y garantiza que cumples lo establecido en la norma de referencia ¡Y no es verdad! Estás afirmando que la empresa de certificación te avala cuando no es cierto. La empresa certificadora en estos casos está en su derecho de denunciar y exigir una cuantiosa sanción.

Tened cuidado… No exhibáis que tenéis sellos que no tenéis y aseguraros si dejáis una certificación de quitar todo rastro de los sellos.

Espero que éste post os haya resultado de interés, como siempre, quedo a vuestra entera disposición para cualquier duda o pregunta que me queráis hacer,

Un cordial saludo,

 Ismael Lozano Latorre

616 39 34 78

Consultor de Calidad y Medio Ambiente

Auditor de Certificación de Calidad y Medio Ambiente

Lanzarote (Canarias)

 

Higiene Alimentaria

Trazabilidad en hoteles, restaurantes, bodegas y puestos ambulantes

¿Qué es la trazabilidad? ¿A quién le aplica? ¿Debo implantar un procedimiento de trazabilidad en mi restaurante, supermercado, bodega, hotel o puesto ambulante de perritos calientes…? ¿Sí o no? La respuesta en Sí, se debe implantar por imperativo legal, pero lo vamos a explicar en este post que espero que os sirva de ayuda  ¿Pensáis que todas las empresas alimenticias que conoces cumplen este requisito legislativo?

Si nos remitimos a la definición dada en el Codex Alimentario podemos decir que la trazabilidad es la capacidad para seguir el movimiento de un alimento a través de etapas especificadas de la producción, transformación y distribución.

 

https://pixabay.com/es/photos/comida-sibarita-saludable-delicioso-3233217/

¿Qué quiere decir esto? Pues que debemos poder identificar cualquier producto dentro de nuestra empresa desde la adquisición de las materias primas a lo largo de todas las actividades de producción, transformación y/o distribución que desarrolle.

El Artículo 6 de la Ley 17/2011 de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición nos dice que en todas las etapas de la producción, transformación y distribución deberá garantizarse la trazabilidad de los alimentos, los piensos, los animales destinados a la producción de alimentos y de cualquier sustancia o producto que se incorpore o pueda incorporarse a los alimentos o los piensos. Los operadores de empresas alimentarias y de empresas de piensos deberán poder identificar a cualquier persona, entidad o empresa que les hayan suministrado un alimento, un pienso, un animal destinado a la producción de alimentos, o cualquier sustancia destinada a ser incorporada en un alimento o un pienso, o con probabilidad de serlo y a cualquier empresa a la que hayan suministrado sus productos. Con esta finalidad, dichos operadores pondrán en práctica los sistemas y procedimientos que resulten más adecuados para su actividad y que, en todo caso, aseguren que esa información se ponga a disposición de las autoridades competentes, cuando éstas la soliciten”.

Por poner un ejemplo que todos entendamos, pensad en una Bodega, cuando hablamos de trazabilidad lo que queremos decir es que la bodega, cuando nos vende la botella, debería poder identificar perfectamente todo el proceso de elaboración de ese vino desde el comienzo hasta el fin, decirnos de que parcelas y viticultor provenían las uvas, que productos han utilizado en su cultivo, cuándo se llevó a cabo el prensado de la misma, en qué depósito se llevó a cabo la fermentación, cuantos trasiegos se realizaron, etc.

Para poder hacer todo esto, el señor bodeguero, evidentemente, debe tener perfectamente identificado el producto, generalmente se suele hacer por lotes pero puede utilizarse cualquier otro sistema mientras resulte eficaz.

 

¿Puede un señor vender vino de su bodega familiar a granel en garrafas sin ningún tipo de etiqueta o identificación? ¿Está exento de cumplir los requisitos legales de trazabilidad?

El Artículo 6 de la Ley 17/2011 de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición especifica claramente “Los alimentos y los piensos comercializados o que se puedan comercializar en España deben estar adecuadamente etiquetados o identificados para facilitar su trazabilidad, mediante la documentación o la información que resulte exigible por la legislación vigente.”

Los requisitos legales son aplicables a todos con independencia del tamaño de nuestra empresa, ser una empresa pequeña o un agricultor que hace su vino de manera artesanal no te excusa de cumplir esos requisitos.

La trazabilidad es un requisito fundamental en las empresas alimentarias que requieren de un procedimiento documentado que sirva de guía para la identificación. Debe ser una herramienta implantada en la operativa de nuestro negocio.

La trazabilidad sirve para aportar transparencia, proporciona información imprescindible y necesaria sobre un producto puesto en el mercado por una empresa. Nos sirve para evitar posibles intoxicaciones y, no menos importante, evitar cuantiosas sanciones.

Ismael Lozano Latorre

Consultor de Calidad y Medio Ambiente

Auditor de certificación

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Medio Ambiente

Incoherencia política, Cesar Manrique e impactos ambientales

Este año se cumplen cien años del nacimiento de Cesar Manrique, hay actos de conmemoración, charlas, fiestas, actividades… ¿Pero qué ocurre con su legado?

Estamos en período de elecciones y todos los partidos políticos presentan en su programa acciones relacionadas con el turismo sostenible, la imagen de Lanzarote y el medio ambiente… Se habla de Cesar Manrique, de su trabajo, de su esfuerzo y todo lo que hizo por esta isla… ¿Y le estamos haciéndo caso? Generalmente sí, pero parece que en período de elecciones nos olvidamos.

Cesar Manrique insistía en la importancia de mantener nuestra isla limpia de los impactos visuales que producen las vallas publicitarias ¿En algún momento dijo que en elecciones el impacto era menor o es que depende de lo que anuncie la valla?

Este artículo pretende ser apolítico y neutro y solo quiero aprovechar estas imágenes que cuelgo a continuación para realizar un análisis de los impactos ambientales asociados a determinadas acciones y recordar lo que Cesar Manrique defendía como mi homenaje personal a su memoria en el centenario de su nacimiento.

IMG_3841

¿Qué es un aspecto ambiental? ¿Y un impacto ambiental? La norma UNE-EN-ISO 14001:2015 los define en los puntos 3.2.2. y 3.2.4.

Un aspecto ambiental es cualquier actividad que llevamos a cabo dentro de una organización y que tiene un efecto sobre el medio ambiental. Impacto ambiental es dicho efecto.

Para que os hagáis una idea del efecto nocivo para el medio ambiente que tienen esos carteles voy a hacer un pequeño análisis que los partidos políticos preocupados por el medio ambiente deberían haber llevado a cabo antes de decidir si ponerlos o no.

¿Qué efectos nocivos para el medio ambiente tiene la colocación de dichos carteles?

  • Impacto visual: La contaminación visual producida por la colocación de los mismos. Afecta y perturbar la visualización del paisaje. Son invasivos y agresivos con el entorno que los rodea.
  • Consumo de papel y cartón: Se han talado árboles para poner esa valla y para la creación de los carteles.
  • Consumo de energía eléctrica y productos químicos: Para la impresión de los carteles.
  • Generación de residuos: Se han producido residuos en el proceso de producción de los carteles en la imprenta y los botes de cola que utilizan para pegarlos, por ejemplo.
  • Emisiones a la atmósfera: Para recorrer la isla y empapelarla se han utilizado vehículos que emiten gases a la atmosfera.
  • Otros…

IMG_3840

¿Se te ocurre alguno más? Ayúdame a alargar esta lista para explicarles a los partidos políticos por qué ciertas medidas no son necesarias en el siglo XXI y menos en una isla como Lanzarote que vivimos de nuestra imagen y cuyo principal factor de preocupación es el cuidado del medio ambiente.

Ismael Lozano Latorre

Consultor y Auditor de Certificación de Calidad y Medio Ambiente

Calidad

Guía para hacer una Revisión por la Dirección eficaz según ISO 9001:2015

La ISO 9001:2015, en su apartado 9.3. nos habla de la Revisión por la Dirección detallando los elementos de entrada y salida que debe contener, pero… ¿Sabes como se elabora? ¿Cómo hacer un Informe de Revisión por la Dirección eficaz? En este post intentaremos resolver esas preguntas, tómate unos minutos y sigue leyendo.

¿Qué es la Revisión por la Dirección? Básicamente es el acta de una reunión a la que debe asistir Dirección, el Responsable de Calidad y todos los que consideremos oportunos para revisar el sistema de gestión de calidad de nuestra empresa y tomar decisiones para el próximo periodo en base a los resultados obtenidos en el ciclo que concluye.

¿Con qué frecuencia debe realizarse? La norma dice a intervalos planificados, lo habitual, es hacerla una vez al año y lo más práctico es hacerla coincidir con el cierre del año.

person filling up the daily report schedule form
Photo by rawpixel.com on Pexels.com

¿Qué información debe contener? A continuación, os daré una pequeña guía, que, según mi experiencia como consultor y auditor de certificación, considero idónea.

El grado de desarrollo en cada uno de los puntos en vuestra organización dependerá de cada uno de vosotros pero mi recomendación es que intentéis llevarlo a cabo de la forma más real y práctico posible para que sea de utilidad para vuestra empresa.

La norma nos detalla que debe incluir la siguiente información de entrada que desarrollare a continuación:

ESTADO DE LAS ACCIONES DE LAS REVISIONES POR LA DIRECCIÓN PREVIAS

El objetivo de la revisión por la dirección es obtener un plan de acción en post de la mejora continua, en este apartado analizaríamos, de las acciones que propusimos el año anterior, cuales se han llevado a cabo, cuales no y por qué  y comentamos su eficacia.

CAMBIOS EN CUESTIONES INTERNAS Y EXTERNAS QUE SEAN PERTINENTES AL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

¿Vamos a reducir la plantilla? ¿Nuestro hotel va a pasar de todo incluido a media pensión? ¿Vamos a diversificar nuestra actividad realizando nuevos servicios para nuestros clientes? ¿Vamos a cambiar de empresa subcontratada que nos presta el servicio de animación?… Todos estos temas deben ser tratados aquí.

INFORMACIÓN SOBRE EL DESEMPEÑO Y EFICACIA DE SISTEMA:

Este apartado se subdivide en varios:

SATISFACCIÓN DEL CLIENTE Y RETROALIMENTACIÓN PARTES INTERESADAS:

women s white and black button up collared shirt
Photo by bruce mars on Pexels.com

Satisfacción del cliente:

Aquí debemos analizar los resultados de las encuestas de satisfacción, lo ideal es que pongamos los resultados numéricos obtenidos este año y los comparemos con su tendencia y realicemos un análisis de por qué han subido o bajado.

Además, es el lugar oportuno para mencionar cuantas quejas y sugerencias de clientes hemos obtenido este año.

Retroalimentación partes interesadas.

¿Hemos tenido algún comunicado de nuestras partes interesadas? ¿Alguna ha mostrado su descontento o su satisfacción con nuestro servicio? ¿Hemos superado sus expectativas o las hemos perjudicado? En este apartado hablamos de la relación de nuestra empresa este año con empleados, accionistas, Cabildo, competencia…

OBJETIVOS DE CALIDAD:

¿Los hemos cumplido? ¿No? Justificación a los mismo y acciones a llevar a cabo.

DESEMPEÑO DE LOS PROCESOS Y RESULTADOS DE SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN:

En este apartado debemos analizar los resultados obtenidos en nuestros indicadores de procesos, por ejemplo, el porcentaje de presupuestos aceptados versus a los cotizados y ver si hemos incrementado o disminuido el ratio respecto al año anterior y ver las causas.

El fin de todos estos análisis es ver en qué estado nos encontramos en la actualidad y proponer un plan de acción en post de la mejora continua.

LOS RESULTADOS DE AUDITORIAS:

En este punto debemos analizar los resultados obtenidos en la última auditoria de certificación (en el caso de que estemos certificados) y los de las auditorías internas (lo pongo en plural, porque hay organizaciones que realizan más de una al año).

NO CONFORMIDADES Y ACCIONES CORRECTIVA:

Aquí analizamos nuestros Informes de No Conformidad ¿Cuántas hemos redactado este año? ¿Están cerradas o abiertas? ¿Son más que el año anterior? ¿Cuáles son nuestros puntos débiles?

DESEMPEÑO PROVEEDORES:

Resultado de la evaluación de proveedores y estado de las No conformidades de proveedores detectadas.

glass bottles on shelf
Photo by Davide Baraldi on Pexels.com

ADECUACIÓN DE LOS RECURSOS.

¿Son nuestros recursos suficientes? ¿Vamos a realizar alguna inversión este año?  Análisis y justificación.

EFICACIA ACCIONES TOMADAS PARA ABORDAR RIESGOS Y OPORTUNIDADES

Estudio de las acciones derivadas del análisis de los riesgos y oportunidades de la organización realizado previamente ¿Se han llevado a cabo? ¿Se ha conseguido evitar el riesgo o aprovechar la oportunidad? ¿Se definirán otras nuevas?

OPORTUNIDADES DE MEJORA

De todo el análisis realizado por la Revisión por la Dirección podemos realizar un listado en este punto incluyendo todas las acciones de mejora que vamos a realizar.

Si hacemos los deberes bien, como resultado obtendremos las salidas que nos detalla la norma en el punto 9.3.3. Acciones relacionadas con:

  1. Las oportunidades de mejora.
  2. Cualquier necesidad de cambio en el sistema de gestión de calidad.
  3. Las necesidades de recursos.

Esperamos que este Post os haya sido de utilidad para aprender a realizar Revisiones por la Dirección eficaces, que no son más que aquellas que nos permiten definir acciones para de mejora.

Y recuerda, si necesitas ayuda para para implantar o mantener un sistema de gestión de calidad y/o medio ambiente y quieres contratar a un profesional, no dude en contactar conmigo, estaré encantado de atenderte.

Ismael Lozano Latorre

Auditor y Consultor de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

Implantación y mantenimiento de sistemas de gestión (ISO 9001, ISO 14001, Q de calidad, EMAS, Travelife, SICTED…), formación y asesoramiento continuo.

Solicita presupuesto sin compromiso:

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Calidad

¿Cuál es el mejor sistema de gestión de calidad para hoteles? ¿ISO 9001:2015, Q de calidad o SICTED?

¿Quieres implantar un sistema de gestión de calidad en tu hotel pero no sabes cual elegir? ¿Sabes que opciones disponibles hay? En el siguiente post voy a haceros un pequeño resumen para que sepáis las diferencias existentes entre ISO 9001:15, Q de calidad y SICTED para que os sirva de ayuda.

Principales características:

ISO 9001:2015:

PUNTO FUERTE: Es la más reconocida a nivel internacional (las otras dos son normas españolas)

PUNTO DÉBIL: Es aplicable a cualquier empresa sea del sector que sea, no es específica del sector turístico ni de hoteles, puede implantarse a una empresa de tornillos, a un restaurante o una funeraria, lo que implica que el estándar de calidad es muy general y si implantas Q de calidad el incremento de la calidad del servicio y de la satisfacción del cliente debería ser mayor, por poner un ejemplo, la ISO 9001:2015 no se mete con la variedad de platos y productos del buffet de tu restaurante, solo te indica que cumplas los requisitos que tienes fijados los clientes, en nuestro caso, lo acordado con los touroperadores que generalmente no llega a ese grado de concreción.

Q DE CALIDAD:

2_Q_de_calidad

PUNTO FUERTE: Desde mi punto de vista la más útil para implantar en un hotel, es un estándar diseñado exclusivamente para hoteles y el incremento del nivel de calidad en el servicio si cumples las directivas son directamente percibidas por el cliente con el consecuente incremento de su satisfacción.

La Q de calidad es más estricta, nos da una serie de requisitos más específicos que debemos cumplir, por ejemplo nos marca las veces que hay que cambiar las sábanas, el número de horas que debe estar abierto el restaurante y la recepción, el tiempo medio de respuesta a una reserva… Más restrictiva pero también más útil.

PUNTO DÉBIL:

Si no cumples lo estipulado en el estándar y tienes que adaptarte partiendo de cero, las mejoras en los servicios que vas a tener que llevar a cabo serán más costosos que si implantas una ISO 9001:2015, pero esto repercutirá positivamente en la satisfacción del cliente.

SICTED:

SICTED

PUNTO POSITIVO: Es un distintivo de Compromiso de Calidad Turística que se otorga a las empresas y/o destinos que cumplen los requisitos fijados para la obtención del mismo.

Es nacional y al igual que la Q de calidad aplicable solamente a empresas turísticas.

PUNTO DÉBIL: Desde mi punto de vista, el SICTED es un distintivo muy válido y apropiado para todos aquellos complejos hoteleros que empiecen a trabajar con sistemas de gestión de calidad partiendo de cero pero se queda un poco corta. Es un primer paso a dar para implantar la calidad en tu empresa.

Si me permitís el atrevimiento, para que lo entendáis todos, aunque no sea del todo correcto, es “la hermana pequeña” de la  Q de calidad.

Espero que esta información os haya sido de utilidad, espero vuestras preguntas y consultas que atenderé encantado.

Si estáis interesados en implantar alguno de estos sistemas de gestión de calidad no dudes en contactar con nosotros 😉

Implantación y mantenimiento de sistemas de gestión (ISO 9001, ISO 14001, Q de calidad, EMAS, Travelife, SICTED…), formación y asesoramiento continuo.

Solicita presupuesto sin compromiso:

Teléfono: 616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com