Medio Ambiente

Nuevo requisito legal: Presentar Memoria Anual de Residuos antes del 1 de marzo.

El 1 de marzo se termina el plazo de presentación de la Memoria Anual de Residuos que están obligados a presentar todos los productores de residuos.

En cumplimiento de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, los productores de residuos están obligados a presentar, antes del 1 de marzo una memoria anual de residuos, según el anexo XV de dicha ley, informando de los residuos producidos en 2022 y el destino final de los mismos.

Dicha memoria debe ser presentada en la web de la Consejería de Medio Ambiente con certificado digital.Para cumplimentar dicho Anexo debéis seguir las indicaciones de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, obteniendo los datos de los documentos de identificación de los residuos (peligrosos y no peligrosos) que produzcáis, que previamente debéis haber solicitado a vuestros gestores de residuos (que os lo debían haber entregado en cada recogida).

                IMPORTANTE:

  • Todos los que produzcan residuos peligrosos están obligados.
  • Los que no produzcan residuos peligrosos y generen menos de 10 toneladas al año de residuos no peligrosos no necesitan cumplimentarlo.

Ismael Lozano Latorre

Consultor calidad y medio ambiente

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Medio Ambiente

Aprobado Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

El 21 de enero entra en vigor Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos ¿Qué modificaciones tiene? ¿En qué te aplica? Sigue leyendo y te lo contamos todo.

Pilas y acumuladores

El cambio más importante es que los residuos pilas y acumuladores que contengan sustancias como litio o níquel metal hidruro, serán clasificados como RESIDUOS PELIGROSOS, debiendo ser gestionado el residuo como tal.

El Real Decreto introduce nuevos códigos LER estatal para la identificación de pilas, acumuladores y baterías considerados como peligrosos

16 06 07*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el litio en cualquiera de sus formas, tales como las pilas de litio o los acumuladores ion-litio.

16 06 08*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el níquel en cualquiera de sus formas, tales como los acumuladores de níquel metal hidruro (Ni-MH). Se excluyen de este código los acumuladores y baterías de níquel-cadmio.

16 06 09*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentren otras sustancias peligrosas.

20 01 42*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el litio en cualquiera de sus formas, tales como las pilas de litio o los acumuladores ion-litio.

20 01 43*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentre el níquel en cualquiera de sus formas, tales como los acumuladores de níquel metal hidruro (Ni-MH). Se excluyen de este código los acumuladores y baterías de níquel-cadmio.

20 01 44*: acumuladores, pilas o baterías en cuya composición se encuentren otras sustancias peligrosas.»

Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

Se revisan ciertos aspectos de la legislación de RAEE, su ámbito de aplicación, para incidir en que desde agosto de 2018 se aplica a todos los aparatos eléctricos y electrónicos, y no solo a categorías determinadas.

Aparatos eléctricos y electrónicos de terceros países.

Se incrementa el control de los aparatos, a partir de ahora, deberá incluirse, de forma visible, el número de inscripción en el Registro Integrado Industrial en la acreditación documental de la importación de estos dispositivos

Esperamos que este post te haya sido de utilidad.

Ismael Lozano Latorre

Consultor y auditor de certificación de Calidad y Medio Ambiente

Canarias

616393479

www.ismaellozanolatorre.com