Medio Ambiente

¿Le aplica el Real Decreto 56/2016 de auditorias energéticas a tu empresa?

El pasado 12 de febrero de 2016 entró en vigor el Real Decreto 56/2016 relativo a eficiencia energética ¿Sabes en qué consiste? ¿En qué te afecta? ¿Está tu empresa obligada a llevar a cabo una auditoria energética?
El Real Decreto 56/2016 de 12 de febrero tiene como objetivo el establecer un marco normativo que desarrolle acciones dirigidas a la mejora de la eficiencia energética de las organizaciones.

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¿A quién le es de aplicación?
A aquellas empresas que tengan más de 250 trabajadores o tengan un volumen de negocio superior a 50 millones de euros y un balance general que exceda los 43 millones de euros.
¿A qué nos obliga el RD 56/2016?
Todas aquellas empresas que cumplan las condiciones anteriores deberán someterse a una auditoria energética cada cuatro años que cubra al menos el 85% del consumo total de energía total del conjunto de instalaciones.
¿Cuándo debe realizarse la auditoria?
Todas aquellas empresas que cumplan las condiciones anteriores al menos durante dos ejercicios consecutivos deberían haber realizado la primera auditoria energética en un plazo de nuevo meses desde la entrada en vigor del RD 56/2016 de 12 de febrero. El plazo máximo finalizó el 14 de noviembre de 2016.

Las empresas obligadas a llevar a cabo auditorias energéticas deben conservarlas porque puedes ser requeridas en cualquier momento por las autoridades pertinentes y su ausencia supondrá una infracción del RD 56/2016.
¿Infracciones?
El incumplimiento de este Real Decreto puede suponer sanciones de hasta 60.000 €.
¿Quién puede realizar las auditorias energéticas? ¿Puede hacerla una de nuestros trabajadores?
Las auditorias deben ser realizadas por auditores energéticos cualificados que podrá ser de nuestra empresa si no tiene relación directa con las actividades auditadas.

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¿Cómo obtiene la cualificación?
Se considerará cualificado si dispone de titulación universitaria oficial u otras licenciaturas, Grados o Máster universitarios en los que se impartan conocimientos básicos de energía, instalaciones de los edificios, procesos industriales, contabilidad energética, equipos de medida y toma de datos y técnicas de ahorro energético, o bien; haber recibido y superado un curso específico de auditorías energéticas realizado por un órgano competente de la comunidad autónoma.

Ismael Lozano Latorre

Auditor y Consultor de Calidad y Medio Ambiente

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com

Medio Ambiente

La energía mueve al mundo

 

Hoy os dejo un vídeo que me ha gustado bastante sobre Eficiencia Energética elaborado el Chile.

¿Cual es el beneficio real de la eficiencia energética? ¿Qué pensáis?

¿Os han parecido interesantes las recomendaciones que nos dan para llevar a cabo en nuestras casas?

Espero vuestros comentarios, un cordial saludo

 

Medio Ambiente

Eficiencia Energética en Hoteles y Apartamentos.

Hoy comparto con vosotros el enlace del último Post que he publicado en Sinergia Insular, concrétamente sobre eficiencia energética.

¿Sabías que  los gastos de energía eléctrica en los hoteles y apartamentos turísticos son aproximadamente entre un 5% y un 8% de los gastos de explotación? ¿Qué podemos hacer para reducirlos?.

http://sinergiainsular.com/2013/09/02/eficiencia-energetica-en-hoteles-y-apartamentos-iluminacion/

Medio Ambiente

Certificado de Eficiencia Energética y Edificios de Consumo casi Nulo (RD 235/2013 de 5 de Abril)

Edificios de consumo casi nulo y certificado de eficiencia energética para los edificios ¿Sabéis de que estamos hablando?. Del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios que salió publicado 13 de Abril del presente año, salió publicado en el BOE (Sec. I, Página 27548).

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Entre las nuevas obligaciones destaca que los edificios que se construyan a partir del 31/12/2020 deberán ser edificios de consumo casi nulo. ¿Qué características deberán tener? Las que especifique el Código Técnico de Edificación (CTE) en su momento.

 Por otra parte, a partir del 01/06/2013 en la venta o alquiler de viviendas se debe de poner a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la propiedad (la totalidad o parte de un edificio).

Otra novedad es la etiqueta de eficiencia energética que deberán llevar algunos edificios.

Para completar la información pincha en el siguiente enlace:

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

Un cordial saludo y espero que sea de vuestro interés,

Ismael Lozano