Medio Ambiente

TRAVELIFE Y LA LEY DE DESPERDICIOS ALIMENTARIOS: EVITA MULTAS EN TU ESTABLECIMIENTO

“¿Estoy obligado por TRAVELIFE al cumplimiento de la Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario? ¿Puede generar una no conformidad en auditoría?” Esta es la pregunta que más me han hecho en los últimos meses.

La Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario es un nuevo requisito legislativo que aplica a los hoteles y restaurantes que tiene como objetivo evitar que tiremos comida que aún puede aprovecharse para lo cual es necesario que implantemos un sistema alimentario  sostenible en nuestro establecimiento.

¿Cuántos kilos de residuos orgánicos se tiran a diario en tu hotel? ¿Puedes hacer algo para reducirlos? ¿Sabes el impacto que estos desperdicios alimentarios tienen para el medio ambiente? ¿Y para la cuenta de resultados de tu hotel?

La tarea principal para la correcta implantación de esta Ley es prevenir que se desperdicie (mejorar planificación, ajustar más las compras, gestión de inventarios…) y si aun así hay excedentes reciclar o convertir en compost/energía, donarlos al banco de alimentos, destinarlos a alimentación animal o industria…

Nuestro establecimiento debe tener un Plan de Prevención del Desperdicio, que permita entre otras cosas un diagnóstico de la comida que desperdiciamos, medidas concretas para reducir esas pérdidas, registro de excedentes…

¿Cuándo entra en vigor?

A partir de abril de 2026 las obligaciones derivadas de esta Ley ya son exigibles a los establecimientos hoteleros y el incumplimiento de la misma sopone multa para el hotel o restaurante (que pueden ser desde leves a graves).

¿Qué ventajas tiene su implantación?

  • Te ayuda a reducir costes al planificar mejor las compras.
  • Mejora la imagen medioambiental de tu empresa.
  • Ajustarse a las tendencias europeas.
  • Evitar multas.
  • Ayudar a asociaciones o banco de alimento con donaciones.

Dicho todo esto vuelvo a las preguntas iniciales:

¿Estoy obligado por TRAVELIFE al cumplimiento de la Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario?

Estás obligado porque es un requisito legal de obligado cumplimiento, tengas Travelife o no, pero si además tienes el estándar implantado la Ley 1/2025 de prevención de desperdicio alimentario debe aparecer en el listado de legislación de la empresa que exige el punto B1 de la norma y debes implantarla porque le aplican requisitos específicos como el F13 y el F14.

¿Puede generar un no conformidad en auditoría?

Los desperdicios alimentarios forman parte de los residuos de tu establecimiento y según el estándar deben reducirse, reciclarse o reutilizarse todos los residuos, por tanto podría generar una no conformidad.

Conclusión: Tengas implantado o no Travelife antes de abril de 2025 deberías tener la Ley 1/2025 de prevención del desperdicio alimentario implantada, pero si además tienes Travelife, debes hacerlo antes de la auditoría si no quieres tener una desviación más.

Si necesitas ayuda con la implantación o mantenimiento de TRAVELIFE os recordamos que estamos a vuestra entera disposición. Más de 15 años de experiencia en TRAVELIFE y más de 40 hoteles certificados con éxito en Canarias nos avalan.

No lo dude, minimiza el tiempo invertido en implantación y/o mantenimiento de la norma y el riesgo a fracasar contratando a especialista en la materia residentes en Canarias.

Ismael Lozano Latorre

616 39 34 79

ismaellozanolatorre@hotmail.com